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El lenguaje del sistema penal como forma de exclusión

El derecho penal suele presentarse como un sistema de garantías, diseñado para proteger derechos fundamentales y resolver los conflictos más graves que presenta la vida social. Sin embargo, pocas veces se reconoce que una de sus barreras más eficaces no está en la ley, ni en la prueba, ni siquiera en la decisión judicial, sino en el lenguaje. En cómo se escribe, en cómo se habla y en cómo se comunica el proceso penal. Porque antes de ser un problema de normas, la justicia penal es, también, un problema de palabras.

El lenguaje del sistema no es neutro. Tampoco es inocente. Está construido desde una tradición técnica que privilegia la complejidad, la solemnidad y la distancia, y que suele confundirse con rigor. Sentencias interminables, providencias plagadas de subordinadas, tecnicismos innecesarios, citas acumuladas sin mediación explicativa y fórmulas rituales repetidas como dogmas no fortalecen la justicia; la vuelven inaccesible. Cuando el proceso penal se expresa en un idioma que solo entienden quienes fueron formados en él, deja de ser un instrumento público y se convierte en un espacio de exclusión.

Para muchas personas que participan en el proceso penal —víctimas, testigos, personas investigadas— el expediente es un objeto extraño. No comprenden qué se decidió, por qué se decidió ni qué consecuencias reales tiene esa decisión en su vida. Saben que “hubo una audiencia”, que “salió una sentencia” o que “el proceso sigue”, pero no entienden el sentido de lo que ocurre. Y esa incomprensión no es un problema menor: es una forma silenciosa de negación del acceso a la justicia.

Hablar de lenguaje claro en el proceso penal no es una concesión pedagógica ni una simplificación peligrosa del derecho. Es una exigencia democrática. La claridad no se opone a la técnica; se opone a la opacidad. Un razonamiento jurídico puede ser complejo sin ser hermético. Puede ser riguroso sin ser inaccesible. Puede explicar sin renunciar a la precisión conceptual. Insistir en lo contrario es sostener una ficción cómoda: que el derecho solo puede existir si se escribe de espaldas a quienes lo necesitan.

La escritura jurídica y en general el lenguaje, cumple una función central: comunicar decisiones que afectan derechos fundamentales. Privación de la libertad, reconocimiento de una condición de víctima, valoración de un testimonio, negación de una pretensión. No se trata de textos neutros ni académicos; son actos de poder. Por eso, cuando una sentencia no se entiende, no solo falla en su forma, sino también en su función. Una decisión que no puede ser comprendida por quienes están directamente afectados por ella es una decisión incompleta.

El problema se agrava cuando el lenguaje se utiliza como mecanismo de autoridad incuestionable. La acumulación de latinismos, la reiteración de fórmulas tradicionales y el uso excesivo de citas jurisprudenciales sin contextualización no siempre responden a una necesidad argumentativa, sino a una lógica de legitimación interna: se escribe para otros operadores jurídicos, no para las personas. El proceso penal dialoga consigo mismo y se olvida de quienes le dieron origen.

Esta forma de escribir y hablar el derecho penal tiene consecuencias concretas. Refuerza asimetrías, profundiza desigualdades y produce silencios. Quien no entiende, no pregunta. Quien no comprende, no contradice. Quien no logra descifrar el lenguaje jurídico, queda al margen del proceso, aun estando formalmente dentro de él. Así, la exclusión no se da por la ausencia de derechos, sino por la imposibilidad práctica de ejercerlos.

El uso del lenguaje claro es especialmente relevante en contextos de vulnerabilidad. En procesos por violencias basadas en género, por ejemplo, la incomprensión del lenguaje judicial se suma a otras barreras ya existentes: miedo, desconfianza institucional, desgaste emocional y desigualdad estructural. Cuando a todo eso se le añade un discurso inaccesible, la justicia se percibe como un escenario ajeno, frío y hostil. No es extraño que muchas personas abandonen el proceso no porque no crean en su causa, sino porque no entienden qué está ocurriendo.

Es importante decirlo con claridad: el lenguaje oscuro no garantiza imparcialidad ni objetividad. Al contrario, muchas veces esconde decisiones débiles, razonamientos poco sólidos o valoraciones estereotipadas. La claridad obliga a explicitar premisas y a justificar conclusiones.

Promover el lenguaje claro en el proceso penal no implica eliminar categorías jurídicas ni vaciar de contenido los conceptos técnicos. Implica usarlos cuando son necesarios y explicarlos cuando resultan determinantes. Implica escribir pensando en que el destinatario principal es la persona cuya vida se ve directamente afectada por esa decisión.

El acceso a la justicia no se agota en abrir la puerta del proceso. También exige que quienes entran puedan orientarse dentro de él. Un proceso penal que no se entiende es un proceso que excluye. Y una justicia que excluye, aunque se vista de garantías, deja de cumplir su función social más básica.

Tal vez ha llegado el momento de aceptar que el lenguaje jurídico no es un asunto meramente de estilo, sino profundamente político. Decidir cómo se escribe el derecho es decidir a quién se incluye y a quién se deja fuera. Apostar por el lenguaje claro no es debilitar la justicia penal; es devolverle su sentido público, su vocación democrática y su compromiso real con quienes, más allá del expediente, esperan ser escuchados y comprendidos.