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Sucesión: Las ventajas de tramitarla en una notaría

En Colombia, cuando fallece una persona, uno de los temas que más inquieta a las familias es cómo realizar la sucesión de sus bienes. Tradicionalmente, se ha pensado que este proceso debe adelantarse ante un juez únicamente, lo que en la práctica puede convertirse en una experiencia larga, desgastante y costosa. No son pocos los casos en que una sucesión judicial se prolonga durante años, enredada entre incidentes, desacuerdos familiares o simples demoras procesales. Pero desde hace más de tres décadas, el ordenamiento jurídico colombiano ofrece una alternativa mucho más ágil, sencilla y segura: la sucesión notarial.

El Decreto 902 de 1988, modificado por el Decreto 1729 de 1989, introdujo la posibilidad de que los herederos, mediante un abogado, tramiten la liquidación de la herencia ante una notaría. Esta opción, aunque en sus comienzos fue vista con cautela, hoy se ha convertido en el camino preferido por miles de familias que buscan resolver de manera rápida y pacífica la distribución de los bienes del causante. El notario actúa como un funcionario investido de fe pública, lo que significa que la escritura pública de sucesión tiene la misma validez legal que una sentencia judicial.

El procedimiento es claro y ordenado. Los herederos, a través de apoderado (abogado), presentan ante la notaría los documentos básicos: el registro civil de defunción, los registros civiles que acreditan el parentesco, el inventario de bienes y deudas, el trabajo de partición y adjudicación y los certificados fiscales correspondientes, entre otros. Una vez verificados los requisitos, el notario, en un proceso que rara vez supera los dos meses, autoriza la escritura de adjudicación de la herencia. Con ello, los nuevos propietarios pueden inscribir los bienes a su nombre y disponer legalmente de ellos.

La diferencia frente a la vía judicial es abismal. Mientras un proceso ante los jueces puede tardar muchísimos años, dependiendo de la carga del despacho y de las disputas que surjan entre los herederos, la sucesión notarial ofrece una solución eficiente, sin congestión ni dilaciones. Además, el ahorro económico es considerable: menos gastos procesales, menor tiempo invertido y un ambiente mucho más propicio para el diálogo.

Una característica esencial de esta modalidad es que solo procede cuando existe acuerdo entre los herederos. Todos deben estar de acuerdo en cuanto a quiénes son los beneficiarios y cómo se distribuirán los bienes. Esta condición, lejos de ser un obstáculo, se convierte en una oportunidad para fomentar la comunicación familiar y evitar conflictos. En lugar de enfrentarse en un juicio, los herederos pueden concertar la partición de manera civilizada, con la orientación de un abogado y bajo la supervisión del notario.

El trámite notarial también brinda plena seguridad jurídica. La escritura pública de sucesión, una vez inscrita en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos, confiere a los herederos todos los derechos de propiedad, con la misma fuerza que una decisión judicial. Además, el notario garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales y legales, desde los avalúos hasta los certificados de paz y salvo, de modo que el proceso se realiza con total transparencia.

Otro aspecto relevante es la accesibilidad. Cualquier ciudadano, mediante apoderado, que debe ser abogado, puede acudir a una notaría para iniciar el trámite, siempre que haya consenso entre los herederos. Los honorarios notariales están regulados y suelen ser proporcionales al valor de los bienes, lo que hace de esta vía una alternativa asequible y previsible.

En definitiva, optar por una sucesión ante notario es optar por la paz familiar y la eficiencia jurídica. Evita años de trámites, disminuye los costos emocionales y financieros, y permite cerrar un capítulo doloroso con orden y dignidad. En tiempos en que la justicia enfrenta una sobrecarga sin precedentes, las notarías se consolidan como escenarios de legalidad y conciliación, donde el derecho cumple su función más noble: servir a las personas con prontitud y equidad.