La Ley 2445 de 2025: un respiro para los pequeños comerciantes
Por primera vez en la historia reciente, los comerciantes personas naturales en Colombia cuentan con un mecanismo expedito para reestructurar sus deudas y encontrar alivio ante situaciones económicas adversas. La Ley 2445 de 2025, que modifica el régimen de insolvencia de la persona natural no comerciante, abre las puertas para que los pequeños comerciantes también accedan a este procedimiento, algo que antes les estaba vedado.
Este es un gran avance para miles de comerciantes en la Región Caribe, quienes, por diversas razones, han enfrentado dificultades financieras sin contar con un camino claro para renegociar sus deudas. La Ley 2445 les ofrece nuevas oportunidades para normalizar su situación económica y reintegrarse a la actividad productiva sin que sus negocios se vean abocados al cierre definitivo.
La incorporación de los pequeños comerciantes al régimen de insolvencia de personas naturales no comerciantes trae consigo varios beneficios claves:
Negociación de deudas en condiciones justas: Ahora, los comerciantes pueden renegociar sus deudas bajo condiciones de plazo, tasa de interés y cuantía adecuadas a su realidad económica actual.
Suspensión de procesos de cobro: Una vez se acepta la solicitud de insolvencia, se suspenden los procesos judiciales de cobro, lo que otorga un respiro mientras se encuentra una solución viable.
Evita la liquidación patrimonial prematura: La ley fomenta la reestructuración antes de llegar a la liquidación, permitiendo que los comerciantes mantengan sus activos esenciales para continuar operando.
Acceso a conciliación gratuita: Los procedimientos de negociación de deudas ante centros de conciliación públicos y consultorios jurídicos serán gratuitos, facilitando el acceso a quienes tienen menos recursos.
Formalización del comerciante: La ley busca que los pequeños comerciantes se formalicen, facilitando su inclusión en el sistema financiero y en la economía formal.
Para que un comerciante persona natural pueda acogerse a esta ley, debe cumplir con ciertas condiciones establecidas en la normativa:
Contar con activos totales inferiores a 1.000 salarios mínimos legales vigentes, excluyendo la vivienda y su vehículo de trabajo.
Estar en cesación de pagos, lo que se define como el incumplimiento de al menos dos obligaciones con dos acreedores por más de 90 días o tener dos procesos de cobro en su contra.
Presentar una solicitud ante un centro de conciliación o una notaria autorizada, incluyendo una relación de acreedores, bienes y deudas, así como una propuesta de pago viable.
No ser controlador de una sociedad mercantil en proceso de insolvencia empresarial.
En la Región Caribe, donde muchos pequeños comerciantes son el alma de la economía local, esta ley representa una oportunidad para seguir adelante pese a los vaivenes económicos. Las crisis pueden llevar a un comerciante a endeudarse más allá de sus posibilidades, pero ahora existe un camino legal para reorganizar sus finanzas sin perderlo todo.
Con esta nueva legislación, el mensaje es claro: no hay que temerle a la insolvencia, sino entenderla como un mecanismo de protección y recuperación. El desafío ahora es que los comerciantes conozcan y aprovechen este beneficio, permitiendo que sus negocios sigan siendo parte del motor económico de la región.
La Ley 2445 de 2025 no solo es un avance jurídico, sino también un acto de justicia para quienes, con esfuerzo y emprendimiento, sostienen el comercio y la vida económica del Caribe colombiano.