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Violencia de género y derecho penal

Cómo construir justicia con perspectiva de género

 

Cuando la justicia necesita ver más allá:

Cada día, miles de mujeres en Colombia enfrentan situaciones de violencia que van desde agresiones físicas y psicológicas hasta los casos más extremos: el feminicidio. La violencia no siempre deja marcas visibles, pero sus consecuencias afectan profundamente la vida de las víctimas y de sus familias. En este contexto, el derecho penal tiene un papel fundamental: no solo sancionar a quienes cometen estos delitos, sino garantizar que la justicia comprenda la dimensión de género que atraviesa cada caso.

Hablar de perspectiva de género en el sistema penal no significa otorgar privilegios ni crear normas especiales. Se trata de reconocer que las mujeres enfrentan formas específicas de violencia y discriminación que requieren que jueces, fiscales y demás funcionarios interpreten la ley y la evidencia con sensibilidad y conocimiento de estas realidades. Un crimen no es igual si ocurre dentro de un contexto de violencia doméstica prolongada, amenazas previas, control coercitivo o aislamiento social. Entender esto es clave para aplicar la justicia de manera adecuada.

La importancia del enfoque de género: la letra de la ley por sí sola no garantiza justicia.

El reconocimiento de los denominados delitos de género constituye, sin lugar a duda, un avance enorme en el proceso de visibilización de la violencia ejercida por razones de género y en la consolidación de un derecho penal más sensible a las realidades sociales. Este reconocimiento permite que la violencia contra las mujeres y las personas históricamente discriminadas deje de ser considerada un asunto privado o de menor relevancia, para pasar a ocupar un lugar central en la agenda jurídica.

No obstante ello, es importante tener presente que dicho reconocimiento, por sí solo, no resulta suficiente. Para que sea integral y eficaz, es indispensable que todas las fases del proceso penal —desde la investigación inicial, la recolección y aseguramiento de las pruebas, la valoración de los testimonios hasta la decisión judicial— incorporen de manera transversal un enfoque de género. Este enfoque implica no solo el cumplimiento formal de garantías, sino también la capacidad de los operadores judiciales de identificar y neutralizar los prejuicios y estereotipos que, de manera histórica y estructural, han tendido a restar credibilidad a la palabra de las víctimas, a justificar la conducta del agresor o a minimizar la gravedad de los hechos.

En otras palabras, el verdadero avance no radica únicamente en tipificar los delitos de género, sino en garantizar que el sistema de justicia opere sin reproducir los mismos sesgos que dieron origen a su invisibilización. Solo de esta manera es posible consolidar un proceso judicial que, además de sancionar la violencia, contribuya a transformar las estructuras culturales que la han permitido y perpetuado.

Por ejemplo, no resulta extraño que, en el curso de un proceso penal, se ponga en duda la veracidad del testimonio de la víctima o se minimice la violencia psicológica sufrida. Sin embargo, un verdadero enfoque de género exige que estas situaciones sean interpretadas dentro de su contexto: amenazas constantes, restricciones a la libertad, aislamiento social o manipulación económica. Cada indicio, por pequeño que parezca, puede ser decisivo para acreditar la motivación de género que subyace al crimen y, con ello, garantizar que la justicia no llegue tarde.

Dentro de los múltiples retos que enfrenta la incorporación del enfoque de género en el proceso penal, uno de los más evidentes es la falta de capacitación. Muchos operadores de justicia no reciben formación específica sobre violencia de género y su impacto en la investigación y valoración de la prueba. Esta carencia puede derivar en decisiones basadas en criterios tradicionales que no reflejan la realidad de la víctima. Los estereotipos culturales —como expresiones del tipo “esa es su dinámica familiar” o “eso ha pasado siempre”— aún influyen en la manera en que se interpreta la evidencia, lo que reduce la percepción de la gravedad de la violencia y, en consecuencia, afecta la sanción del agresor.

Otro desafío relevante es la insuficiencia en la protección de las víctimas. Garantizar la seguridad de la mujer durante todo el proceso judicial es fundamental, pero los mecanismos existentes —órdenes de alejamiento, acompañamiento policial, asistencia psicológica— muchas veces no se aplican de manera adecuada o resultan insuficientes. A ello se suma la dificultad probatoria para acreditar la motivación de género: demostrar que un asesinato o una agresión se cometió precisamente por razones de género no siempre es sencillo, pues esta motivación puede presentarse de forma indirecta, estar oculta o requerir una interpretación contextual de pruebas, entrevistas y antecedentes del agresor.

Estos retos evidencian que la sola existencia de normas que tipifican delitos de género no garantiza, por sí misma, el acceso a la justicia. La aplicación efectiva de tales disposiciones depende de la comprensión profunda de la violencia de género por parte de todos los actores del sistema penal. Reconocer los patrones que caracterizan esta violencia permite una interpretación más precisa y justa de la evidencia. En este sentido, la utilización de peritajes psicológicos y sociales resulta esencial, pues contribuye a contextualizar los hechos y a comprender la experiencia de la víctima, evitando decisiones sesgadas por prejuicios o estereotipos.

Además, es importante destacar que el enfoque de género en el sistema penal no persigue únicamente fines punitivos. También cumple una función preventiva: cuando los agresores saben que sus actos serán investigados y sancionados tomando en cuenta la motivación de género, se fortalece la percepción de riesgo frente a la impunidad y se envía un mensaje social contundente: la violencia contra las mujeres no es tolerable ni justificable.

En este panorama, el papel de la sociedad resulta igualmente determinante. La justicia no se limita a lo que ocurre dentro de un estrado judicial; también requiere del compromiso colectivo. Visibilizar la violencia de género, apoyar a las víctimas y exigir la aplicación rigurosa de la ley son tareas indispensables. Las campañas de sensibilización, la educación en igualdad y el fortalecimiento de organizaciones de apoyo complementan la labor judicial y contribuyen a construir un entorno que protege y empodera a las mujeres.

Por ello, si se pretende un sistema penal que realmente garantice la protección de todas las personas, no puede seguir ignorándose la dimensión de género. La justicia con perspectiva de género no es un privilegio ni una opción política: es un compromiso en materia de derechos humanos, una obligación legal y una herramienta indispensable para restablecer la confianza de la sociedad en sus instituciones. Solo cuando la ley y quienes la aplican consideren de manera sistemática la experiencia, el contexto y la motivación de género en cada caso, la justicia dejará de ser un concepto abstracto y distante para convertirse en un instrumento real de protección, prevención y reparación.

En definitiva, construir un sistema penal sensible a la violencia de género no es opcional: constituye una necesidad urgente e impostergable en nuestra sociedad.