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Justicia restaurativa frente al castigo

Tensiones del Sistema Penal de Responsabilidad para Adolescentes – SPRA - en Colombia

 

En el marco del Estado Social de Derecho, el tratamiento jurídico penal de los adolescentes en Colombia responde a una doble exigencia: por un lado, garantizar la protección integral y el desarrollo progresivo de los derechos de los niños, niñas y adolescentes conforme al artículo 44 de la Constitución Política; y por otro, ofrecer una respuesta penal legítima frente a las conductas punibles cometidas por esta población. Esta dualidad de fines plantea tensiones constantes entre el modelo sancionatorio y el modelo restaurativo que inspira el Sistema Penal de Responsabilidad para Adolescentes (SPRA).

Desde su concepción, el SPRA fue diseñado con un enfoque pedagógico y diferencial, orientado no a la retribución, sino a la responsabilización progresiva del adolescente infractor. Así lo ha señalado la Corte Constitucional al establecer que el sistema penal juvenil debe tener una finalidad educativa y protectora, “teniendo en cuenta la edad, el grado de madurez y las condiciones particulares del adolescente” (Sentencia C-203 de 2005). En la misma línea, la Corte ha indicado que las sanciones impuestas deben estar orientadas a la resocialización, y no a la simple imposición de castigos, pues los adolescentes no pueden ser equiparados sin más a los adultos en el contexto de la justicia penal.

En ese contexto, la justicia restaurativa aparece como una alternativa coherente con los fines del SPRA: propiciar el reconocimiento del daño, fomentar el diálogo entre víctima e infractor y reconstruir los lazos sociales rotos por el delito. Sin embargo, su aplicación real enfrenta barreras que van más allá de la ley. Persisten falencias estructurales en el entorno social, en la capacidad institucional del sistema y en el acceso a oportunidades para los adolescentes, muchas de las cuales no solo dificultan la implementación de enfoques restaurativos, sino que también explican —en parte— por qué tantos jóvenes terminan en conflicto con la ley.

Esta columna se propone analizar, desde una perspectiva jurídica y pedagógica, las tensiones entre el castigo y la justicia restaurativa en el SPRA, a la luz de la normativa nacional, los estándares internacionales y la jurisprudencia constitucional, con el fin de identificar los retos que aún persisten para hacer de la justicia restaurativa un componente real, eficaz y transformador del sistema penal juvenil en Colombia.

Hablar de adolescentes en conflicto con la ley en Colombia implica entrar en un terreno delicado, donde se cruzan la protección, la sanción, la pedagogía y, más recientemente, la justicia restaurativa. No es fácil. ¿Cómo responder cuando un menor comete un delito? ¿Qué pesa más: su derecho a crecer o la necesidad de responder por el daño causado?

El Sistema Penal de Responsabilidad para Adolescentes (SPRA), creado con la Ley 1098 de 2006, intenta precisamente equilibrar esas dos dimensiones. Por un lado, reconoce que no estamos ante adultos plenamente formados, sino ante personas en proceso de desarrollo. Por el otro, no puede desconocer que hay víctimas, hay delitos y hay daños que requieren respuestas.

La Corte Constitucional lo ha dicho con claridad: el SPRA no fue diseñado para castigar, sino para educar. En la Sentencia C-203 de 2005, la Corte dejó sentado que el objetivo es formar, no retribuir. Y años después, reiteró que los adolescentes no pueden ser tratados como adultos porque sus capacidades —y sus oportunidades de cambio— son distintas.

En ese marco, la justicia restaurativa aparece como algo más que una herramienta alternativa: es una filosofía que encaja perfectamente con lo que el sistema dice buscar. No se trata de “perdonar” al infractor, sino de ofrecerle la oportunidad de reconocer el daño, entenderlo, repararlo y construir algo nuevo a partir de lo que ocurrió. Implica incluir a la víctima, no como figura decorativa, sino como parte activa del proceso.

La Ley 1098 no solo menciona este enfoque: lo promueve. En su artículo 140 dice que las sanciones deben orientarse a la formación, la reparación del daño y la reconciliación. Eso, en otras palabras, es justicia restaurativa. Pero el papel lo aguanta todo. En la realidad, este enfoque sigue siendo más teoría que práctica. Y es ahí donde comienzan las tensiones…

Aunque el SPRA habla de pedagogía y transformación, en la realidad jurídico penal colombiana todavía se piensa primero en la sanción. La privación de libertad, que debería ser la última opción, termina imponiéndose por rutina, por falta de herramientas o, incluso, por presión social. A esto se suma la ausencia de programas restaurativos reales: círculos de diálogo, mediaciones, espacios para la escucha y la reparación. No porque no se quiera, sino porque muchas veces no hay recursos, ni formación, ni apoyo institucional.

Y así, mientras el sistema proclama una intención restaurativa, la experiencia de muchos adolescentes sigue siendo la de una justicia que castiga sin reparar y que sanciona sin transformar. Una justicia que, paradójicamente, olvida que el infractor también fue víctima —de abandono, de violencia, de exclusión— antes de cometer el delito.

La pregunta, entonces, sigue abierta: ¿cómo lograr que la justicia restaurativa deje de ser una bonita idea y se convierta en el corazón real del sistema penal adolescente?

El Sistema Penal de Responsabilidad para Adolescentes en Colombia nació con una promesa: tratar a los jóvenes en conflicto con la ley como lo que son —personas en formación— y no como adultos encubiertos en cuerpos pequeños. Esa promesa, sin embargo, todavía está en construcción. El enfoque restaurativo, aunque consagrado en la ley, sigue siendo más aspiración que práctica en muchos rincones del país.

Y no es que no existan las bases. Están la ley, la jurisprudencia, los compromisos internacionales. Lo que falta es voluntad institucional, inversión real y, sobre todo, un cambio de mentalidad. Porque aplicar justicia restaurativa no es solo tener programas: es asumir que castigar no siempre transforma, y que reparar puede ser mucho más poderoso que sancionar.

Mientras sigamos encarcelando adolescentes como primera respuesta, mientras se sigan dictando sanciones sin escuchar a la víctima o al joven que causó el daño, el SPRA seguirá siendo una figura retórica. Pero si logramos mirar al adolescente no solo como infractor, sino como sujeto con capacidad de responsabilizarse, cambiar y reparar, entonces sí estaremos caminando hacia una justicia que, además de ser justa, sea verdaderamente humana.