Las pruebas que han sido aceptadas y las que no para el juicio de Nicolás Petro
El juez continuará su intervención este miércoles.
Para las 8:30 de la mañana de este miércoles 5 de noviembre continuará la audiencia preparatoria contra Nicolás Petro Burgos ante el Juzgado Primero Especializado de Barranquilla, donde el juez seguirá dando a conocer qué pruebas son excluidas o no para el juicio tanto de la defensa como de la Fiscalía.
Este martes, el abogado Alejandro Carranza, defensa de Nicolás Petro, "solicitó la inadmisión de los informes económico y financiero elaborados por los investigadores del caso", argumentando que "fueron presentados como dictámenes técnicos sin que sus autores tuvieran la idoneidad pericial requerida", y que la Fiscalía pretende "incorporar un bloque con todos sus anexos de los informes del CTI sin individualizarlo".
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Ante esto, el juzgado determinó que los informes de los investigadores no son dictámenes técnicos válidos ni documentos administrativos, sino pruebas de referencia, cuya incorporación al juicio debe realizarse bajo las reglas del testimonio o del peritaje, o en su defecto, ser inadmitidas.
El juzgado decidió admitir los informes de contexto económico y financiero elaborados por los investigadores pero de forma condicionada.
Por su parte, ante la prueba presentada por la Fiscalía sobre un acta de compromiso del 3 de agosto de 2023 de colaboración de Nicolás Petro y los interrogatorios ante el mismo ente acusador, el defensor había solicitado su exclusión porque los mismos “ no fueron aprobadas ante una autoridad penal” y que no fue un consentimiento libre sino que hubo “una presión mediática vulnerando la Fiscalía su derecho y que además filtró dicho interrogatorio para generar una presión”.
Frente a esto el juez señaló que para el “juzgado es claro que se vulneró el proceso de no autoincriminarse y este despacho considera que se configura la vulneración de las garantías de las pruebas consistentes en el principio de oportunidad y el interrogatorio”.
Por otro lado, ante la solicitud de la defensa de la exclusión de la prueba sobre la información obtenida del celular de Day Vásquez, expareja de Nicolás Petro, por “vulnerar el debido proceso” y “quebrantar la cadena de custodia”, el juez argumentó que no se puede excluir porque se “respetaron los derechos fundamentales” por ser una declaración jurada y la entrega de su celular fue de manera voluntaria.
Añadió el juez que “la Fiscalía no obligó ni constriñó a la declarante (Day Vásquez) a entregar su celular” y al contrario esa copia fue legalmente obtenida porque ella misma accedió a darlo durante la diligencia realizada el 3 de marzo de 2023.
La audiencia continuará este miércoles pero la Fiscalía durante este martes descubrió dos pruebas más para que el juez las tenga en cuenta si las admite o no.
Una de ellas es un pliego de cargos de la Procuraduría Regional de Instrucción del Atlántico contra Nicolás Petro con fecha del 5 de septiembre de 2025 y solo la delegada de la Fiscalía la conoció el 25 de septiembre.
La otra prueba es una entrevista concedida por Nicolás Petro a la Revista Cambio el 5 de octubre de 2025 para incorporar declaraciones que realizó en el mencionado artículo.
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