Aspecto de la audiencia virtual de este miércoles.
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Defensas realizan apelaciones por legalidad de capturas a señalados por robos de tierra

Para que un juez de segunda instancia decida.

La defensa de David de Castro Macías, otro de los capturados por robo de tierra, apeló legalidad de la captura impuesta por el Juzgado 101 Ambulante de Barranquilla. 

La abogada defensora precisó que la orden de captura señala que la fecha de los hechos dice textualmente que va del 30 de enero de 2019 hasta la actualidad, sobre hechos punibles como la apropiación de predios y bienes del Estado mediante actos de corrupción en el municipio de Soledad, pero no se describió concretamente el motivo fundado y la fecha exacta.

“Crea una confusión que vulnera principios y derechos fundamentales como el debido proceso”, señaló. 

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Aseguró que la fecha no es concreta porque David de Castro dejó de trabajar como registrador de la Oficina de Instrumentos Públicos de Soledad en el 2021, pero la orden de captura la fecha se encuentra ampliada hasta la actualidad. 

Asimismo, el abogado de Iván Carlos Páez Redondo, registrador de Oficina de Instrumentos Públicos, consideró que no debió emitirse una orden de captura cuando bastaba una citación, teniendo en cuenta que cuando la Fiscalía llegó a la oficina de su defendido, él mismo atendió a los funcionarios que buscaban elementos materiales probatorios.

“Él atendió la diligencia de la misma manera como cualquier inocente lo haría y tuvo conocimiento de lo que se ventilaba en su contra”, señaló el abogado. 

Por su parte, el abogado defensor de Francisco Mejía De la Hoz, Notario Único de Santo Tomás, igualmente vinculado en el proceso, también apeló la legalidad de captura de su defendido, teniendo en cuenta que este partió del principio de buena fe cuando fueron a esa notaría a realizar escrituras por parte de funcionarios y exfuncionarios de Soledad sobre terrenos del Estado. 

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Además, aseguró que el juez dejó de aplicar tratados internacionales y providencias del Consejo de Estado frente a la decisión de la legalidad de la captura de su cobijado. 

No obstante, la representante de la Procuraduría solicitó al juez de segunda instancia confirmar en totalidad la decisión del Juzgado 101 Ambulante porque considera que se actuó en derecho.

La misma solicitud fue realizada por la Fiscalía, que argumentó que las órdenes de capturas están basadas en elementos materiales probatorios serios y contundentes. 

“El motivo de las capturas están justificadas. La Fiscalía actuó en derecho”, aseguró la fiscal.

De esta manera, será un juez del circuito de Barranquilla el que decidirá sobre la legalidad de las capturas de los procesados. 

Tras las intervenciones, culminó la audiencia de legalización de capturas.

Audiencia de formulación de imputación será en otro juzgado

El juez, al notar que la investigación no se trata de un grupo armado organizado o grupo delictivo organizado, que es de su competencia, remitiría el proceso a un juzgado de Soledad. 

Precisó que no tiene competencia para continuar con estas audiencias porque el juzgado que preside, ambulante, está para atender diligencias de personas relacionadas con GAO (Grupo Armado Organizado) y Grupos Delictivos Organizados (GDO), establecido en la ley 1908 de 2018. 

No obstante, tras haber sujetos procesales que no estaban de acuerdo con la decisión, informó que remitirá el proceso al Tribunal Superior de Barranquilla para que defina si es de su competencia o no.