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El Magistrado Jorge Cabrera Jiménez, durante la lectura del sentido del fallo.
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Sentido de fallo condenatorio contra exjuez Laboral del Circuito de Barranquilla

Por la entrega de un millonario título judicial al abogado Duguit Char Negrete de dineros que Corelca había pagado por servidumbre a la Alcaldía de Soledad y a favor del Itida.

La Sala Penal del Tribunal Superior de Barranquilla dictó sentido de fallo condenatorio contra el exjuez Laboral del Circuito, Francisco de Paula Molinares Coronell, por los delitos de prevaricato por acción en concurso homogéneo, sucesivo y prevaricato por acción, por la entrega de un millonario título judicial al abogado Duguit Char Negrete, por dineros que por servidumbre la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica (Corelca) pagó al municipio de Soledad para beneficio exclusivo del Instituto Técnico Industrial del Atlántico (Itida).

La lectura del sentido del fallo estuvo a cargo del Magistrado Ponente, Jorge Eliécer Cabrera Jiménez, y la audiencia para conocer la sentencia condenatoria está prevista para el próximo 22 de marzo.

El caso tiene su origen en un proceso promovido por Duguit Char Negrete contra el Itida argumentando un contrato de prestación de servicios profesionales suscrito por el entonces Rector Blas Torres.

De acuerdo con lo relatado por el Magistrado Ponente, el 10 de agosto de 2012 la entonces Juez Sexta Laboral del Circuito, Claudia Bertell Enamorado, negó la orden de mandamiento de pago por no haberse acreditado la exigibilidad del título ejecutivo.

Contra esa decisión el demandante presentó recurso de reposición, en subsidio de apelación, que correspondió resolver a Francisco de Paula Molinares Coronell, quien entró a reemplazar a la Juez Claudia Bertell, dictando,m el 5 de septiembre de 2012 un auto en el que dispuso reponer lo decidido y en su lugar dictó mandamiento de pago por la suma de 839 millones 232 mil 990 pesos a favor de Duguit Char Negrete, Igualmente decretó el embargo preventivo y secuestro de las sumas consignadas por Corelca a favor del Itida y del municipio de Soledad.

Luego, el 19 de septiembre de 2012, es puesto en conocimiento de ese Juzgado el hecho de que el municipio de Soledad había firmado un acuerdo de reestructuración de pasivos, por lo cual se le solicitó el desembargo de las cuentas del ente territorial.

Cuatro meses después, el 25 de enero de 2013, el Juzgado decretó la nulidad de todo lo actuado con respecto al municipio de Soledad, ordenando el levantamiento de las medidas cautelares.

Dentro del mismo caso, el 9 de abril de 2013, el Juez Molinares Coronell ordenó seguir adelante conforme a lo dictado en el mandamiento de pago y luego de ello, tras la presentación de la liquidación del crédito dictó, el 31 de julio del mismo año, el auto mediante el cual rechazó de plano las objeciones planteadas por el apoderado judicial del Itida por extemporaneidad.

En consecuencia, ordenó tener como agencia en derecho la suma equivalente al 10% del valor del mandamiento de pago, modificando la liquidación presentada y aprobada en un monto de 1.130 millones 267 mil 186 pesos. También comunicó al Juzgado Noveno Civil del Circuito cumplir con la medida cautelar anteriormente ordenada.

La orden dada a ese Juzgado Civil del Circuito guardaba relación con el proceso seguido allí por la demanda de imposición de servidumbre presentada por la Corporación Eléctrica de la Costa Atlántica, en contra del Itida. Esta finalizó mediante sentencia del 9 de diciembre de 2010, en la que resolvió, entre otras determinaciones, imponer a favor de Corelca la servidumbre pública de conducción de energía eléctrica y condenarla al pago a favor del Itida de una indemnización por valor de 714 millones más intereses corrientes desde el 5 de septiembre de 1995 hasta el pago del mismo.

Esta sentencia fue apelada y la Sala Civil del Tribunal Superior la modificó en el sentido en que la suma correspondiente a la indemnización corresponde ser pagada al municipio de Soledad con destinación específica para beneficio del Itida.

Así, la Juez Noveno Civil del Circuito, en cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado Sexto Laboral a cargo de Francisco Molinares Coronell, puso a disposición de ese despacho la suma de 1.258 millones 819 mil 485 pesos, los cuales quedaban embargados dentro del proceso ejecutivo laboral. Esto, no obstante que el contrato de prestación de servicios solo fue celebrado entre el Itida y Duguit Char Negrete y no con el municipio de Soledad..

El 5 de septiembre de 2012 fue presentada la solicitud de nulidad por parte del apoderado del Itida, pero esta fue rechazada de plano y en auto del 17 de enero de 2014 el Juez Molinares Coronell ordenó entregar el título judicial por 1.046 millones 345 mil 868 pesos a Duguit Char Negrete, quien lo recibió el 18 de junio de 2014.

Por esto, la Alcaldía de Soledad instauró acción de tutela contra el Juzgado Sexto Laboral, la cual fue declarada improcedente en primera instancia y posteriormente fallada por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, que concedió el amparo de los derechos fundamentales y en consecuencia decretó la nulidad de todo lo actuado en el proceso ejecutivo laboral.

Francisco Molinares Coronell con su apoderado Julio Ojito Palma.

En cumplimiento de esa decisión, Francisco Molinares Coronell dejó sin efecto el mandamiento de pago y requirió a Duguit Char Negrete para que dispusiera la devolución inmediata de los dineros que les había entregado.

Por su parte, la Alcaldía de Soledad presentó denuncia contra Duguit Char Negrete por las referidas actuaciones en su condición de Juez Sexto Laboral.

Es de anotar que al presentar el escrito de acusación, el Fiscal Séptimo Delegado ante el Tribunal Superior, advirtió que dos actuaciones en concreto del Juez Molinares Coronell fueron manifiestamente contrarias a la Ley.

La primera de ellas cuando e 5 de septiembre de 2012 decidió reponer la decisión de la Juez anterior y en su lugar librar el mandamiento de pago a favor de Duguit Char Negrete y en contra del Itida, extendiéndolo también al municipio, decretando el embargo y secuestro de las sumas de dinero consignadas por Corelca a favor del Itida y de la Alcaldía de Soledad en el proceso que cursaba en el Juzgado Noveno Civil del Circuito de Barranquilla.

La Fiscalía llamó la atención sobre el hecho de que el Juez adoptó esa decisión sin tener en cuenta que el itida no tenía capacidad procesal ya que según la Ley 715 de 2001 la institución está adscrita al municipio de Soledad, de lo cual tenía pleno conocimiento e despacho judicial.

La segunda fue la del 31 de julio de 2013 cuando mediante auto rechazó de plano las objeciones a la liquidación del crédito presentadas por la parte demandada por extemporaneidad, para en su lugar, previa modificación y tasar la agencia en derecho, ordenó librar oficio al Juzgado Noveno Civil del Circuito para ratificar la medida cautelar ordenada anteriormente e informar la liquidación del crédito a fin que se le diera cumplimiento a la medida.

Para la Fiscalía esta actuación fue manifiestamente contraria a la Ley porque fue realizada de oficio, es decir, sin que fuera objeto de solicitud por alguna de las partes, sin consideraciones algunas en la parte motiva de esa misma providencia.

En consideración de la Fiscalía, si bien en el auto del 5 de septiembre de 2012 el Juez dictó, además del mandamiento de pago las medidas cautelares de embargo y secuestro de los dineros consignados por Corelca, con posterioridad y atendiendo la solicitud que presentó la Alcaldía, decretó la nulidad y levantó las mismas con respecto al ente territorial que se había sometido a la Ley 550.

Por esta razón, la Fiscalía advirtió que el Juez no podía, sin mediar petición de parte, insistir en esa medida cautelar sobre dineros que le pertenecían al municipio.

En el escrito el Fiscal argumentó que el título fue entregado de manera ilegal a Duguit Char Negrete al punto que no hubiera sido posible apropiarse del dinero sin que e Juez Francisco de Paula Molinares Coronell incurriera en prevaricato por acción.

Finalmente, el 6 de diciembre de 2013 se hizo entrega de los dineros por 971 millones 6.482 pesos, “materializándose la apropiación a favor de terceros”.

Ahora queda pendiente la definición del proceso contra el abogado Duguit Char Negrete, quien debe hacer efectiva la devolución de los dineros que, según la Fiscalía, le fueron entregados de manera ilegal.

Tras conocer la decisión del Tribunal, la Rectora del Itida, Bienvenida Hernández, manifestó que estas actuaciones afectaron a la comunidad educativa, teniendo en cuenta que la institución requiere inversiones en infraestructura y los talleres industriales para cumplir su misión académica a cabalidad.

El Itida congrega 3.520 estudiantes, por lo cual, “el daño que se le hizo fue grande.

Bienvenida Hernández, Rectora de Itida.

 

 

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