¿Qué es la Sala de Consulta del Consejo de Estado y por qué es clave para la consulta popular?
El Registrador Nacional, Hernán Penagos, tomó la decisión de remitir el caso a esta instancia.
Ante el conflicto jurídico que ha surgido por la convocatoria de una consulta popular por decreto de parte del Gobierno, el Registrador Nacional Hernán Penagos tomó la decisión de remitir el caso a la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado. Esta acción busca obtener un concepto jurídico que ayude a dirimir la controversia entre el poder Ejecutivo y el Legislativo.
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¿Qué es la Sala de Consulta del Consejo de Estado?
La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado es un órgano técnico y consultivo de gran importancia en la institucionalidad del país. Es clave entender que su función no es jurisdiccional, es decir, no emite fallos judiciales ni sentencias.
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Su principal responsabilidad es absolver las consultas que le son planteadas por altos funcionarios del Estado, especialmente cuando existen controversias legales complejas entre diferentes ramas del poder público.
Actualmente, la Sala está compuesta por cuatro magistrados del Consejo de Estado: María del Pilar Bahamón Falla, quien la preside, junto a Ana María Charry Gaitán, John Jairo Morales Alzate y Juan Manuel Laverde Álvarez.

El Consejo de Estado describe en su sitio oficial, que estos magistrados “no toman parte en el ejercicio de las funciones jurisdiccionales”. Sus funciones, añade el máximo contencioso administrativo, “están señaladas en la Constitución Política, en la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia y en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo”.
Es importante señalar que, aunque las respuestas y conceptos emitidos por esta Sala no son de cumplimiento obligatorio, poseen un alto valor interpretativo y, en la práctica, suelen influir de manera determinante en la toma de decisiones del Estado. Su experticia y autoridad jurídica les otorgan un peso considerable en la definición de la dirección legal que deben seguir las entidades.
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En el caso particular de la consulta popular, la Sala de Consulta determinará tras revisar el decreto presidencial, si se ajusta a la Constitución y a las leyes colombianas.
O, por el contrario, si la decisión del Congreso, que ya rechazó previa y formalmente la iniciativa tras una votación en plenaria, debe prevalecer sobre la medida adoptada por el Ejecutivo.
La decisión que tome Sala será clave para las demás instancias judiciales que también están revisando la constitucionalidad de la consulta popular.