Hombre con ceguera no pudo leer notificación de Colpensiones: con acción de tutela restablecieron su derecho
La tutela fue interpuesta por una egresada del programa de Derecho de Uninorte, en el Consultorio Jurídico.
Un hombre con ceguera total, debido a un glaucoma, no pudo acceder a la notificación de Colpensiones que definía su futuro laboral y pensional.
El caso se remonta a 2025, cuando el hombre con discapacidad visual inició su proceso de calificación de pérdida de capacidad laboral tras años de lucha contra una enfermedad degenerativa que lo obligó a abandonar su trabajo como instalador de aires acondicionados.
De acuerdo con Alanys Graterol Cueto, egresada del programa de Derecho y adjudicante del Consultorio Jurídico de la Universidad del Norte, el problema no radicó en la decisión de Colpensiones, sino en la forma en que fue comunicada.
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“El señor no tuvo acceso material a la notificación. Al tratarse de una persona con ceguera total, no pudo conocer el contenido del dictamen y, por ende, no pudo ejercer su derecho a la defensa dentro del término legal”, señala.
El plazo para manifestar inconformidad era de diez días hábiles. Barrios lo hizo casi un mes después. La respuesta fue rechazada por extemporaneidad.
Cuando el caso llegó al Consultorio Jurídico, en diciembre de 2025, el panorama era complejo. Sin embargo, Alanys identificó un elemento clave: la vulneración del debido proceso administrativo.
“Colpensiones no implementó ajustes razonables para garantizar que el usuario pudiera acceder a la información. Esto generó una carga desproporcionada y le impidió ejercer su defensa”, explica.
Con base en precedentes de la Corte Constitucional y en la protección reforzada de los derechos de las personas con discapacidad, la egresada presentó una acción de tutela actuando como agente oficiosa, es decir, en nombre del usuario ante su imposibilidad de hacerlo directamente.
“Este caso demuestra que el derecho no es solo norma, sino interpretación. Muchos habrían considerado que ya no había nada por hacer, pero aquí se pensó por fuera de la caja”, señala el docente asesor, Fabián Andrés Díaz Hernández, al destacar el valor jurídico de la estrategia.
El 6 de febrero, el Juzgado Séptimo Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Soledad falló a favor del usuario. La decisión ordenó a Colpensiones dejar sin efectos la firmeza del dictamen y rehacer la notificación con ajustes razonables que garantizaran el acceso real a la información.
El fallo exige que la entidad remita el dictamen en un formato accesible, compatible con lectores de pantalla, y que acompañe la notificación con un resumen claro, comprensible y disponible para lectura por voz. También ordena implementar medidas adicionales que aseguren que la comunicación sea efectiva y no meramente formal.
Gracias al fallo, Barrios pudo finalmente presentar su manifestación de inconformidad. Actualmente, su caso se encuentra en trámite ante la Junta Regional de Calificación de Invalidez del Atlántico, instancia que evaluará su situación para el acceso a la pensión de invalidez.
* Con información de Uninorte.