“Histórico recaudo en los dos primeros meses en Soledad”: Joao Herrera
El Alcalde atribuye la situación a la confianza de los soledeños en la nueva administración.
El recaudo de impuestos durante los meses de enero-febrero del 2016 ha registrado un crecimiento del 52% al ser comparado con la recaudación del mismo periodo del año 2015.
Mientras que en los dos primeros meses del año pasado el Impuesto Predial dejó un recaudo de 3 mil 570 millones de pesos, en el 2016 la cifra aumentó a 5 mil 412 millones de pesos.
En cuanto al Impuesto de Industria y Comercio, en el año anterior el recaudo por este concepto durante enero-febrero fue de 4 mil 170 millones de pesos, mientras que en los primeros 60 días del 2016 la cifra llegó a 5 mil 550 millones de pesos.
“Ha sido un histórico recaudo durante los dos primeros meses del 2016; esto se debe a la confianza del pueblo soledeño con la nueva administración municipal. La gente ha venido de manera voluntaria a cancelar sus obligaciones tributarias. Quiero recordarles que la Oficina de Impuestos y la Tesorería están en manos de mujeres honestas y preparadas. Les aseguro que el dinero que recaudemos por concepto de impuestos lo verán reflejados en las obras que ejecutaremos durante mi Gobierno”, manifestó Joao Herrera, alcalde de Soledad.
Por su parte, el Secretario de Hacienda, Federman Vizcaíno, destacó la respuesta de los contribuyentes con la nueva administración, señalando que el excelente comportamiento de los recaudos permitirá financiar y ejecutar las obras propuestas para el municipio de Soledad.
A su turno, la Oficina de Impuestos informó que hasta del 27 de mayo del 2016 los contribuyentes podrán aprovechar el descuento del 5% en el Impuesto Predial.
Así mismo, señaló los plazos de pago para el Impuesto de Industria y Comercio:
Para los contribuyentes del régimen común del impuesto de Industria y Comercio las fechas límites de pagos son: Enero – febrero (18 de marzo); marzo – abril (18 de mayo); mayo – junio (18 de julio); julio – agosto (19 de septiembre); septiembre – octubre (18 de noviembre) y noviembre – diciembre (18 de enero de 2017).
Los grandes contribuyentes del Impuesto de Industria y Comercio tendrán plazo hasta las siguientes fechas: febrero (18 de marzo); marzo (18 de abril); abril (17 de mayo); mayo (17 de junio); junio (18 de julio); julio (17 de agosto); agosto (16 de septiembre); septiembre (18 de octubre); octubre (17 de noviembre); noviembre (19 de diciembre) y diciembre (20 de enero de 2017)
Las fechas límites de pago para los contribuyentes del régimen simplificado del Impuesto de Industria y Comercio son las siguientes: enero – febrero (28 de marzo); marzo – abril (27 de mayo); mayo – junio (29 de julio); julio – agosto (29 de septiembre); septiembre – octubre (28 de noviembre) y noviembre – diciembre (28 de enero de 2017).