Conductores de carros particulares que presten servicio público podrán perder su licencia por 25 años
Ministerio de Transporte envió circular a autoridades de tránsito para frenar el transporte ilegal.
El Ministerio de Transporte, a través de la Dirección de Transporte y Tránsito, envió una circular a las autoridades de tránsito en el país y a conductores de vehículos particulares que prestan con ellos servicio público de transporte, en la que recuerda las sanciones que podría acarrearles la continuidad de este servicio ilegal, que incluso llegan a la suspensión de 25 años de la licencia de conducir por reincidencia.
El anuncio lo hizo la Ministra Ángela María Orozco en Cartagena, señalando que ”existe una correlación trágica entre la ilegalidad y la siniestralidad vial y desde el Ministerio de Transporte debemos promover la transparencia en todas las actuaciones de los actores viales. Estamos convencidos que con un mayor control ciudadano y sanciones más drásticas a quienes infrinjan la Ley, habrá menos espacios para exista la corrupción”.
"Se suspenderá la licencia de conducción por prestar servicio público de transporte con vehículos particulares", reitera el Director Nacional de Tránsito y Transporte, Juan Felipe Sanabria Saetta en la circular emitida.
El Ministerio de Transporte reitera a las autoridades de tránsito y a los conductores, que está completamente prohibido que vehículos particulares, sin permiso, presten cualquier servicio de transporte público, salvo las excepciones consagradas en la Ley 769 de 2002.
Ministerio de Transporte emite circular para particulares que prestan servicio público sin serlo by Zonacero on Scribd