Fidel Castaño, Director de Impuestos de Barranquilla
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Hansel Vásquez

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Así se cobrará el impuesto a la telefonía, celular y fija, en Barranquilla

En abril comenzará a cobrarse.

Saliendo al paso a las críticas del Ministro de las TIC David Luna al impuesto a la telefonía en Barranquilla, el Director de Impuestos del Distrito, Fidel Castaño, aseguró que el acuerdo 19 aprobado por el Concejo “está vigente”.

El gravamen cuyo cobro comenzará a hacerse efectivo en abril próximo “mientras las empresas operadoras adaptan el sistema para el cobro,  tal como lo establece la norma, y con las tarifas que se establecieron”, ha generado la contrariedad del Gobierno Nacional.

Telefonía fija

La telefonía domiciliaria se cobrará de acuerdo con el estrato, así: el estrato 1 pagará $500 mensuales, el estrato 2 pagará $1.000 mensuales, el estrato 3 pagará $1500 mensuales, el estrato 4 pagará $3.000 mensuales, el estrato 5 pagará $7000 mensuales y el estrato 6 pagará $10000 al mes. Los predios no residenciales pagan $12.000 mensuales.

En la factura mensual le llegará a los usuarios de la telefonía fija un renglón en el cual se hace efectivo el cobro.

Telefonía celular

“En el caso de la móvil, para los usuarios postpagos la estructura tarifaria irá de acuerdo con el valor de la factura”.

Así según explicó Castaño: “A las facturas menores de $60.000, se les cobra el 3% mensual. Eso quiere decir que una factura de $60.000, el 3% son $1.800 mensuales. Las facturas entre $60.000 y $100.000, pagan el 4%, es quiere decir que una factura que pague $100.000 va a pagar $4.000 y los que sean mayores de $100.000, pagarán el 5% o pagarían $5.000 o $6.000 pesos de acuerdo con el valor de la factura”.

Cuando se trata del servicio prepago, “como no hay una factura, el impuesto lo cobra el operador, cuando lo factura al distribuidor y ese cargo se trasladará al consumidor final. Ese será del 1% del valor de la factura. Por ejemplo, si una operadora le vende un paquete de $100 millones  a un distribuidor, entonces le cobra el 1% (Balotto por ejemplo), y ese 1% lo distribuye en el momento en que se van a vender”, explicó Castaño.

El esquema tributario que se diseñó establece que el impuesto se cobrará cuando el servicio se esté prestado a una persona, empresa o sociedad, cuya dirección esté en el Distrito de Barranquilla.

Sobre los cuestionamientos del Ministro Luna, Castaño sostuvo que el cobro “es legal y los municipios están autorizados por la Corte Constitucional para cobrarlos y establecer su base gravable”.

El Distrito aspira recuadra anualmente 25 mil millones de pesos por este impuesto.

 

 

 

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