Jorge Agudelo, Alcalde electo de Santa Marta.
Jorge Agudelo, Alcalde electo de Santa Marta.
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Tribunal revoca tutela que permitió inscripción de Jorge Agudelo a Alcaldía de Santa Marta

Un nuevo giro en la elección del mandatario en la capital del Magdalena.

La Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta revocó el fallo de tutela del 23 de octubre de 2023, que permitió la inscripción del candidato de Fuerza Ciudadana, Jorge Agudelo, a la elección a la Alcaldía de Santa Marta.

Este fallo le da un nuevo giro al panorama político en la capital del Magdalena.

Agudelo había sido elegido como Alcalde en las elecciones del 29 de octubre y fue ratificado en el escrutinio.

Sin embargo, este fallo tenía en vilo su elección.

El Juez 4° Laboral de Santa Marta fue quien permitió en su momento la inscripción del candidato de Fuerza Ciudadana, quien llegó a reemplazar a Patricia Caicedo, a quien le habían revocado su inscripción.

No obstante, este jueves la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta declaró improcedente la acción de tutela y las medidas cautelares que profirió dicho Juez.

Recordemos que este miércoles el Consejo Nacional Electoral había decidido no revocar la inscripción.

La justificación del CNE se sustentó en que no es posible "desatender el fallo de tutela del Juzgado Cuarto Laboral de Santa Marta", que fue el que ordenó inscribir a Jorge Agudelo de manera extemporánea.

Sin embargo, el fallo de la Sala Tercera de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta cambia todo.

"No le queda otra opción a la Sala que declarar la improcedencia de la acción constitucional, habida consideración que los acá actuantes no son los directamente implicados en la presunta vulneración que se endilga al interior del procedimiento administrativo adelantado por el CNE y que fue materia de reproche, en igual sentido, tampoco demostraron actuar en representación de quien tiene interés a través de la figura jurídica de apoderado o como agente oficioso del movimiento político cumpliendo con las exigencias que el órgano de cierre en esta materia ha establecido para que pueda operar la referenciada figura, situación que conlleva a no realizar un estudio de fondo respecto a lo pretendido en este asunto especial, aspecto que también ha sido puntualizado por la Corte Suprema de Justicia Sala de Casación Laboral en los radicados internos 103397 y 103331", advierte el Tribunal en su fallo.

"Así las cosas, la inscripción de la candidatura del ciudadano Jorge Agudelo Apreza para la Alcaldía de esta ciudad por el período electoral 2024 a 2027 como representante del partido político Fuerza Ciudadana, no es un asunto que ataña directamente a los convocantes quienes imploran los derechos a elegir y ser elegido pero en beneficio de un tercero, esto es, el partido político a quienes les fue revocada la candidatura por no cumplir con las exigencias legales y constitucionales que allí se definieron, al punto que desistieron del recurso que la allí interesada propuso", agrega.

"Así las cosas, habrá de revocarse el fallo impugnado de fecha 23 de octubre de 2023, adicionado el 26 del mismo mes y año, situación que implica que la medida provisional allí decretada pierda sus efectos, como consecuencia, se levantará la disposición adoptada en el auto del 09 de octubre de 2023, que se mantuvo vigente con la sentencia impugnada de acuerdo a todo lo dilucidado en esta decisión, lo que involucra que lo actuado en la primera instancia pierde sus efectos", añade el Tribunal.

Con este fallo se caería la elección de Jorge Agudelo y el mandato de la Alcaldía sería asumido por Carlos Pinedo, quien quedó segundo en la elección.

 

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