Tribunal admite demanda de Agudelo contra Pinedo, pero niega medida cautelar
Determinó que no se cumplen los requisitos necesarios para decretar la medida cautelar solicitada.
El Tribunal Administrativo del Magdalena, con ponencia de la magistrada María Victoria Quiñones Triana, admitió la demanda de nulidad electoral interpuesta por el excandidato Jorge Agudelo contra el alcalde Carlos Pinedo. Sin embargo, la medida cautelar solicitada por el demandante fue negada.
La demanda busca nulidad del acto de declaratoria de elección contenida en el formulario E-26 del 25 de noviembre de 2023, que registró la elección de Carlos Pinedo como alcalde de Santa Marta para el periodo 2024-2027. Además, busca la nulidad de ciertos autos de trámite emitidos por la Comisión Escrutadora del Distrito.
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La demanda también incluye la corrección de los datos consignados en el formulario E-24 de las 1181 mesas de votación. Se argumenta que "por diferencias injustificadas entre los datos del formulario E-14 y E24 (txt), se restaron y/o eliminaron la cantidad de 85.616 votos al candidato a la alcaldía de Santa Marta, Jorge Luis Agudelo Apreza".
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Tanto el Consejo Nacional Electoral como la Registraduría Nacional del Estado Civil se pronunciaron al respecto. El CNE concluyó que no ha habido violaciones por su parte en el proceso electoral. Por otro lado, la Registraduría desestimó la solicitud de medida cautelar, argumentando que excede los límites legales y carece de fundamentos fácticos sólidos.
El agente del Ministerio Público señaló que este caso carece de desarrollo jurisprudencial claro y que, en esta etapa inicial del proceso, no se observa la violación a las normas alegadas en la demanda.
Finalmente, el alto tribunal determinó que no se cumplen los requisitos necesarios para decretar la medida cautelar solicitada, ya que no se evidencia la configuración de las causales de nulidad invocadas ni la infracción de las normas alegadas como transgredidas.