Procuraduría formula pliego de cargos al alcalde de Santa Marta, Carlos Caicedo
Por haber utilizado al jefe de la oficina jurídica, subordinado suyo, para atender los procesos disciplinarios del Alcalde ante la Procuraduría.
La Procuraduría General de la Nación formuló pliego de cargos en contra del alcalde de Santa Marta, Carlos Eduardo Caicedo Omar, por haber proferido un poder a quien se desempeñaba como jefe de la Oficina Jurídica de la Alcaldía, para que representara al alcalde en sus procesos disciplinarios ante el Ministerio Público.
Según la Procuraduría, esta conducto podría ser una falta disciplinaria porque el mandatario le impuso tareas o trabajos al jefe jurídico, que es un subordinado, por fuera de las funciones legales, de acuerdo a lo señalado en el artículo 35 de la Ley 734 de 2002.
Advierte el ente de control que si la tipicidad de una conducta se da por la inobservancia de una regla, su desconocimiento puede conllevar el incumplimiento de principios de la función administrativa como el de la moralidad, aspecto que sería objeto del análisis dentro del proceso.
Para la Procuraduría, Caicedo también pudo haber cometido la falta denominada como "destención elemental", pues no tuvo precación ni cautela en su cargo, al darle poder a un subordinado de la alcaldía
El burgomaestre deberá responder por la aparente responsabilidad disciplinaria, si se demuestra que quebrantó los artículos 22, 23, 34 y 35 del Código Disciplinario Único, en una falta que ha sido calificada provisionalmente como grave a título de culpa gravísima.