Presidente promulga ley que acelera los procesos de extinción de dominio
Además confiere más capacidad a las autoridades para combatir el crimen organizado, el narcotráfico y la corrupción.
El Presidente Juan Manuel Santos promulgó este viernes la Ley 1849 que aumenta la eficacia del Código de Extinción de Dominio para combatir al crimen organizado, al narcotráfico y a los corruptos, para lo que la nueva norma acelera los procesos, incentiva la denuncia ciudadana y permite darle mejor uso a los bienes afectados.
El Jefe del Estado afirmó que en esa lucha frontal hay un tema estratégico que es el dinero, “ahí es donde más les duele” y reiteró que el combate en contra de las organizaciones criminales ha sido una prioridad de su gobierno.
La Ley 1849, que fue impulsada por la Fiscalía General, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Hacienda, a través de la SAE, confiere mayor dinámica al Código de Extinción de Dominio.
El Presidente explicó que un primer aspecto de los cambios introducidos es que se aceleran los procesos de extinción, porque se eliminan los 75 días correspondientes a la fase de fijación provisional de la pretensión del proceso.
Además, se garantiza, continuó, que “el juez que esté llevando el caso cuente con la experiencia en este tema” y acotó que si no puede hacer la notificación personal al demandado, se podrá notificar mediante un aviso.
El segundo aspecto destacado por el Mandatario, en el acto efectuado en la Casa de Nariño, es que se incentivará a las personas que denuncien.
“También se recompensará a los ciudadanos con procesos en curso que informen sobre la existencia de bienes de su propiedad o ajenos sujetos de extinción de dominio, estructuras criminales y redes de testaferrato”, indicó.
Precisó que la recompensa será equivalente al 5% del valor de la venta del bien y que el límite será de 2.500 smlv.
Igualmente, dijo que habrá beneficios para quienes confiesen voluntariamente sus bienes sujetos de extinción de dominio.
El Jefe del Estado señaló que el tercer aspecto de la nueva normativa es que permite darle mejor uso a los bienes afectados por la extinción de dominio.
En esta área el Estado podrá hacer uso temprano de los bienes: podrá distribuirlos, demolerlos o chatarrizarlos.
Tal uso temprano se aplicará cuando, por ejemplo, “representen un peligro para el medio ambiente, amenacen ruina, pérdida o deterioro, o estén generando un costo desproporcionado al Estado”.
Dijo, el Jefe del Estado, que la decisión sobre el uso temprano del bien corresponderá al comité integrado por la Presidencia y los Ministros de Hacienda y Justicia.
Y especificó que “ese comité trabajará de la mano de la recién creada Comisión Intersectorial de Extinción de Dominio, que va a solucionar cuellos de botella de los procesos y la administración de bienes”.
Además, declaró, que la Sociedad de Activos Especiales (SAE), que depende del Ministerio de Hacienda podrá ejercer las funciones de Policía para recuperar los bienes cuando sea menester.
Con relación a los predios rurales afectados por extinción de dominio pasará a la Unidad de Tierras y del Fondo Nacional de Tierras.
Finalmente, el Presidente aseveró que con la nueva ley “le damos más dientes, más herramientas, más capacidad a las autoridades para combatir el crimen organizado, el narcotráfico y la corrupción”.