Más de 862.000 personas serán jurados de votación.
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Más de 862.000 personas serán jurados de votación durante elecciones

El personal ha sido capacitado por la Registraduría Nacional desde el pasado 9 de febrero.

Un total de 862.392 personas serán jurados de votación durante las elecciones de Congreso y la consulta presidencial del próximo domingo 8 de marzo.

De acuerdo con la Registraduría, del total de designados, 331.005 corresponden a empleados de empresas privadas; 277.620 a estudiantes; 129.417 a funcionarios públicos; 101.506 a docentes y 22.844 a simpatizantes de las organizaciones políticas.

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Los jurados de votación, según la entidad electoral, deberán desempeñar tareas determinantes para garantizar el buen desarrollo de los comicios.  

De 8:00 a. m. a 4:00 p. m. atenderán el proceso de las votaciones y después de las 4:00 p. m. contarán los votos y diligenciarán de manera manual los resultados de las votaciones en los formularios E14 o actas electorales”, refirió la Registraduría.

¿Cómo se debe diligenciar el formulario E-14?

  1. Registrar de manera clara y de forma horizontal dato por dato en los tres ejemplares: claveros, delegados y transmisión.
  2. Si la cifra tiene 3 dígitos, deben escribir cada número en su propia casilla, de izquierda a derecha.
  3. Si la cifra tiene 1 o 2 dígitos, en las casillas que anteceden deben rellenar la marca de agua del círculo.
  4. Si no hay votación, no se deben diligenciar las casillas correspondientes a los partidos y candidatos que no obtuvieron votos. Esto ahorra tiempo, evita confusión visual y agiliza el proceso de transmisión y escrutinio.

La Registraduría aseguró que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes, sin justa causa, no asistan a desempeñar las funciones o las abandonen, podrían ser destituidos del cargo que desempeñan.

En caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean, deberán pagar una multa de hasta 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

“Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un día compensatorio de descanso remunerado dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación”, apuntó la entidad electoral.

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