Alias 'Simón Trinidad'.
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Jurisdicción Especial para la Paz acepta el sometimiento de 'Simón Trinidad'

La Sala de Amnistía o Indulto avocó el conocimiento de cinco procesos penales.

La Sala de Amnistía o Indulto de la JEP anunció que avoca el conocimiento de cinco procesos penales en los que se encuentra procesado o acusado Juvenal Ovidio Ricardo Palmera Pineda, conocido como Simón Trinidad en la extinta guerrilla de las Farc-EP. Con esta decisión judicial inicia su recorrido como compareciente de la Jurisdicción.

En la resolución, firmada por la magistrada Diana Vega Laguna, integrante de la Sala de Amnistía o Indulto, también se declara la inhibición para estudiar dos casos en los que Palmera Pineda fue absuelto por parte de la justicia ordinaria y que tienen que ver con el secuestro de Consuelo González de Perdomo y el ataque a un vehículo perteneciente a la administración municipal de Gigante, en Huila.

Así mismo, esta decisión le solicita a la Unidad de Investigación y Acusación (UIA) de la JEP que recabe información adicional sobre otros 116 procesos penales y analice el estado en el que se encuentran las actuaciones en su contra, y que identifique y ubique a las víctimas de cinco procesos más para continuar con el estudio de la situación actual de Palmera Pineda en la justicia ordinaria.

Palmera había radicado un acta de compromiso solicitando su ingreso a la Jurisdicción y actualmente se encuentra privado de la libertad en la prisión de USPFLORENCE ADMAX en la ciudad de Florence, estado de Colorado, Estados Unidos, a donde fue extraditado en 2004 por el secuestro de tres estadounidenses. Para notificar la decisión de sometimiento la JEP solicitará la colaboración del Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.

El ahora compareciente ante la JEP está siendo procesado en Colombia por terrorismo, homicidio, desplazamiento y desaparición forzada; narcotráfico, utilización de medios y métodos de guerra ilícitos; destrucción y apropiación de bienes protegidos; apoderamiento de aeronaves, naves o medios de transporte colectivo, secuestro extorsivo y rebelión, entre otros hechos delictivos cometidos durante el conflicto armado.

Esta decisión será comunicada a la Sala de Reconocimiento de Verdad para los efectos de las labores que adelantan según sus competencias.

*Con información de la JEP

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