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Unidad Nacional de Protección.

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Esquemas de seguridad a líderes religiosos, ordena el Presidente Duque

También brindará protección a funcionarios de su Gobierno, en cuanto estos dejen los cargos el próximo 7 de agosto.

El presidente Iván Duque expidió un decreto por medio del cual ordena establecer esquemas de seguridad para muchos de los que dentro de poco serán exfuncionarios de su administración.

El actual mandatario parece que con esta medida busca proteger a miembros de su actual equipo de Gobierno, que él considera puedan correr peligro después del 7 de agosto próximo, cuando entrega el poder.

La medida no despertaría, por lo menos curiosidad, sino fuera porque en esta incluye a líderes religiosos, sin referirse a cuáles y por qué son las razones que ameriten un servicio de seguridad pagado por el Estado.

El decreto solo se refiere a “Líderes religiosos debidamente certificados por la Dirección de Asuntos Religiosos del Ministerio del Interior”

El decreto en mención es el 1064 de este año, y la orden de brindar esquemas de seguridad va dirigida a la Unidad Nacional de Protección y a la Policía Nacional.

Son “nuevas personas que podrían tener riesgo debido a sus funciones públicas”, precisa el decreto de Duque.

Entre los que serán exfuncionarios el decreto se refiere a “Exservidores públicos que en cumplimiento de sus funciones constitucionales y legales, hayan sido miembros del Consejo Nacional de Seguridad a partir de la entrada en vigencia del Decreto 1033 del 18 de junio de 2022. Se excluyen de esta medida quienes siendo miembros del Consejo Nacional de Seguridad cuenten con su propio régimen de protección en razón a la entidad para la cual sirvieron”.

Exservidores públicos que hayan tenido bajo su responsabilidad la firma de la extradición, como mecanismo de cooperación judicial internacional.

El decreto también deja en firme que la revisión de los esquemas seguridad de estas nuevas personas se evaluará cada cuatro años, “salvo que se presente una situación extraordinaria que amerite el incremento de su esquema antes del término señalado”.

Es decir, no habrá posibilidad de remover dicho esquema si la situación y circunstancias del protegido lo ameriten. El plan va, por lo menos, cuatro años exactos.

 

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