Audiencia del Tribunal Superior & Dayana Jassir.
Audiencia del Tribunal Superior & Dayana Jassir.
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Captura de audiencia.

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Tribunal revoca absolución a Dayana Jassir y la condena a 57 años y medio de cárcel por el crimen de su esposo

Ordena su captura inmediata por el homicidio cometido el 4 de mayo de 2016.

El Tribunal Superior de Barranquilla revocó hace algunos minutos la sentencia de primera instancia en la cual se absolvía a Dayana Jassir De la Hoz investigada por el asesinato el 4 de mayo de 2016 de su esposo Eduardo Pinto Viloria, quien fungía en ese momento como Director regional de Medicina Legal.

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En consecuencia, según manifestó el  magistrado Jorge Eliécer Cabrera durante la lectura del fallo, se emitió sentencia condenatoria contra Dayana Jassir “a la pena principal de prisión de 57 años y 6 meses y a las accesorias de la inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por el término de 20 años”.

Se emitió la condena por los delitos de homicidio agravado en concurso heterogéneo con porte ilegal de armas agravado y hurto calificado y agravado, “según las constataciones procesales y las motivaciones” de la sentencia.

Por lo tanto, el Tribunal ordena “la suspensión condicional de la ejecución de la pena y de prisión domiciliaria”.

En la decisión el Tribunal libra orden de captura en contra de Dayana Jassir De la Hoz.

La decisión fue notificada a la Policía Judicial y a la Policía Nacional para que “una vez materializada la captura”, Dayana  Jassir sea puesta a disposición del Tribunal “en lugar destinado por el Estado, para estos fines".

El fallo de Primera instancia

La jueza 12 Penal del Circuito de Barranquilla, Beatriz Arteta, había absuelto a Dayana Jassir en primera instancia en noviembre de 2024. Sin embargo, la Fiscalía, Procuraduría y representante de víctimas apelaron la decisión y solamente la defensa solicitó absolución.

El despacho tuvo en cuenta las siguientes consideraciones para adoptar su decisión: de conformidad con el artículo 381 de la Ley 906 de 2004 son presupuestos para condenar el conocimiento más allá de toda duda acerca del delito y la responsabilidad penal del acusado fundado en las pruebas debatidas en juicio sin que pueda pasarse la decisión de manera exclusiva en pruebas de referencia”, relató la togada en su momento. 

No se aportó pruebas fehacientes que Dayana Jassir se reunió o planeó el crimen”, detalló.

El argumento que entregó la juez de su decisión es que existen dudas sobre la responsabilidad de Dayana Jassir en el crimen y que a la Fiscalía le tocó profundizar más en las investigaciones sobre los indicios que se tenían. Así las cosas, como existen esas dudas, el sentido de fallo debía ser absolutorio, según la juez.

Cabe recordar que los autores materiales del hecho ya fueron condenados. 

Se trata de Johan Beltrán Ulloque, quien fue condenado a 19 años de prisión, mientras que Jesús Gutiérrez Arrieta, Miguel Ángel González y Alberto Mario Cabrera Barrios, alias ‘Ñeco’ a 17 años y 6 meses tras llegar a un preacuerdo con la Fiscalía.

Estos terminaron involucrando a Dayana Jassir De la Hoz, quien al momento de los hechos era la esposa de Eduardo Pinto. Según la Fiscalía, es la presunta determinadora del crimen. 

La mujer fue la única que no aceptó cargos e inició un largo proceso que se extendió durante 8 años. 

Pinto Viloria fue asesinado a bala al interior de su vivienda, en el barrio Cevillar de Barranquilla, y en un principio los responsables del mismo hicieron creer que se había tratado de un asalto al inmueble en horas de la madrugada.

Sin embargo, tras las investigaciones de la Fiscalía y de la Policía, determinaron que el crimen fue predeterminado y planeado. 

Johan Beltrán, quien sostuvo una relación sentimental con Jassir, había sido contratado por ella para realizar viajes seguidos a Maicao y traer mercancía a Barranquilla.

Según la Fiscalía, Jassir y Johan contactaron a los demás condenados para cometer el crimen de Eduardo Pinto, cuyo caso en su momento fue de impacto a nivel nacional.

Condena a Dayana Jassir by Zonacero