Tribunal exonera al Distrito de pagar $54 mil millones a residentes de conjunto
Reclamaban la cuantiosa indemnización por haber padecido “un efecto visual negativo” con la construcción del centro comercial Buenavista II.
A las puertas de terminar el periodo judicial del presente año, el Tribunal Administrativo del Atlántico exoneró de responsabilidad al Distrito de Barranquilla y evitó que el ente territorial cancelara $54.276 millones a los habitantes del conjunto residencial “Balcones del Parque” que reclamaban la cuantiosa indemnización por haber padecido “un efecto visual negativo” con la construcción del centro comercial Buenavista II.
La decisión judicial se produjo después que la citada corporación revocó una sentencia emitida en primera instancia por el Juzgado 8 Oral Administrativo de Barranquilla, a través de la cual este último despacho consideró que el ente territorial debía asumir el pago de la millonaria indemnización a favor de los residentes del citado conjunto.
Para revocar la sentencia de primera instancia, el Tribunal consideró que en el curso del proceso no estaba demostrada la existencia del daño alegado, ya que el concepto pericial que se allegó al proceso para demostrar la existencia del daño, fue deficiente.
En la sentencia se destaca que para determinar el valor comercial de un inmueble existen ciertos métodos de avalúo, siendo el más común o aceptado el método comparativo o de mercado, no obstante en la experticia, el experto no indicó el método utilizado, ni los elementos que conforman o que se utilizaron en el mismo. “… no es dable conceder a dicho informe la fuerza probatoria necesaria para dar por consolidado el daño predicado, el cual es la minusvalía o devaluación de los inmuebles…”, acota la sentencia.
Los habitantes del conjunto residencial “Balcones del Parque” espiraban que el Distrito les cancelara la millonaria indemnización por la minusvalía a los que fueron sometidos sus apartamentos fruto de la desvalorización que sufrieron tales inmuebles como consecuencia de la construcción del centro comercial, que a juicio de ellos la obra se ejecutó con la expedición de una licencia de construcción que no se ajustaba al Plan de Ordenamiento Territorial.
De igual forma, los mismos demandantes reclamaron en la demanda el pago de perjuicios morales y la construcción de una vía necesaria para restablecerle la movilidad de los habitantes del conjunto, que en promedio tienen tres vehículos por apartamento.
“La sentencia del Tribunal está ajustada en derecho, si el daño no fue demostrado lo procedente era negarle las millonarias pretensiones de los demandantes, y eso fue lo que ocurrió. El Distrito está preparado para enfrentar cualquier tipo de demandas y evitar cualquier condena, así lo hace todo el equipo de jurídica de la Alcaldía”, dijo el abogado Raúl Lugo, defensor del distrito en el proceso.
La demanda presentada contra el distrito fue una acción de grupo, dentro de la cual los habitantes del conjunto residencial estuvieron representado por el abogado Roberto Tapias Ahumada.