General Luis Mauricio, comandante del Ejército.
General Luis Mauricio, comandante del Ejército.
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Procuraduría General abre investigación contra el comandante del Ejército

El alto oficial habría ordenado interceptaciones, seguimientos ilegales y montajes por fuera de misiones institucionales.

El Comandante del Ejército, general Luis Mauricio Ospina, quedó en el radar de la Procuraduría General de la Nación que le abrió investigación por presuntamente haber ordenado seguimientos e interceptaciones ilegales al profesor de inglés Leonardo Colmenares, que le daba clases a la esposa del oficial.

Según la apertura del caso, el alto mando militar habría abusado de sus funciones y ordenado utilizar los servicios de inteligencia y contrainteligencia del Ejército, para sus fines personales.

Sin embargo, de acuerdo con el Ministerio Público, lo más grave del incidente es que el Comandante del Ejército habría ordenado un montaje, que consistió en “acusar sin prueba alguna a un ciudadano de pertenecer a un grupo al margen de la ley, para justificar dichos seguimientos".

La Procuraduría incluyó en sus tareas investigativas determinar si el general Luis Mauricio Ospina utilizó a personal subalterno para estos fines, alejados totalmente de la institucionalidad.

A propósito de esta denuncia, el Ejército emitió este sábado 11 de noviembre un comunicado de seis puntos en el que respondió el tema.

1. Las misiones de Inteligencia y Contrainteligencia son diferentes; están claramente consignadas en la Ley Estatutaria 1621 de 2013. En el caso específico de la función de Contrainteligencia, las actividades buscan anticipar, prevenir, detectar y neutralizar acciones para proteger al personal, las instalaciones, el material y la información.

2. Es allí donde se sustenta la facultad del Comandante del Ejército para ordenar a la Unidad Militar de Contrainteligencia adelantar actividades de verificación, frente a una información que alerta sobre una posible vulneración de la seguridad e integridad del Comandante y su núcleo familiar, y, de manera general, a la comunidad que vive y transita diariamente en los cantones militares y académicos ubicados al norte de la capital.

3. Las acciones de verificación amparadas en el ordenamiento jurídico vigente, que no corresponden a una operación de Contrainteligencia, finalizaron el pasado mes de agosto sin elementos de juicio para continuarlas. No obstante, ello permitió evidenciar novedades y debilidades en los sistemas y procedimientos de control de acceso personal y vehicular a las instalaciones militares, razón por la cual se ordena el fortalecimiento de los mismos no solo en la ciudad Bogotá, sino en todo el país.

4. Permaneceremos atentos a los requerimientos que emita el Comando Superior, las autoridades judiciales y/o entes de control, si consideran procedente cualquier actuación.

5. Para el Ejército Nacional, es importante que cualquier hecho que vaya en contra de los Principios, Valores y la Ley, sea puesto en conocimiento de las autoridades competentes, en aras que se adopten las acciones que en derecho correspondan.

6. Como política institucional y siendo coherentes con el Código de Honor del Soldado Colombiano, el Ejército Nacional ratifica su política de Cero Tolerancia con cualquier acto que viole o afecte los derechos fundamentales de las personas.

 

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