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Germán Grajales Quintero.
Germán Grajales Quintero.
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Por caso Odebrecht, PGN ratificó inhabilidad por 10 años al exsecretario general del Invías

Se trata de Germán Grajales Quintero.

En fallo de segunda instancia, la Procuraduría General de la Nación confirmó la destitución e inhabilidad general por 10 años al exsecretario general técnico del Instituto Nacional de Vías (Invías), Germán Grajales Quintero, y al entonces representante legal de la firma interventora Diseño y Gerencia de Proyectos S.A.S., hoy HMV Consultoría, Óscar Jiménez Cely, por las faltas en que incurrieron durante la ejecución del programa Corredores Prioritarios para la Prosperidad.

En el marco de las actuaciones gestionadas por el Ministerio Público por las irregularidades de las empresas del grupo Odebrecht, la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento concluyó que el exdirectivo del Invías vulneró el principio de responsabilidad de la contratación estatal al suscribir la Modificación No.1 de 2013 al contrato de obra No. 563 de 2012, a través del que se ejecutó parte del proyecto vía de la prosperidad.

De igual manera, ratificó que desatendió su deber de salvaguardar los recursos del Estado que le fueron reconocidos al consorcio Conpros, los cuales superaron los topes legales en un monto equivalente a $ 506.600.000, favoreciendo los intereses del particular contratista en detrimento del patrimonio del Instituto.

El negocio jurídico tenía por objeto el “mejoramiento de la gestión social, predial y ambiental del proyecto transversal de Boyacá Fase 2 para el Programa Corredores Prioritarios para la Prosperidad” por un valor de $ 154.280´297.291.
 
La Entidad explicó que el secretario técnico investigado no procuró los fines de la contratación al suscribir la modificación que favoreció de manera ilegal a Conpros, por los sobrecostos en que incurrió y por la diferencia en favor del contratista con respecto al valor de los estudios aprobados por Invías a través de acta técnica.
 
El organismo de control adujo que Grajales Quintero inobservó el principio de moralidad, al no adelantar con rectitud, lealtad y honestidad el ejercicio de su labor.
 
En el caso de Óscar Jiménez Cely concluyó que no vigiló que el contrato se desarrollara de acuerdo con las cláusulas pactadas y las condiciones técnicas y científicas ajustadas a su normal desarrollo, y avaló los pagos efectuados sobre los ajustes realizados a los “Estudios y Diseños”, con sus correspondientes porcentajes en relación con el valor total equivalente al 11 %.

La Sala resaltó que el representante legal no solo incumplió el contrato de interventoría pactado, sino que permitió que se reconocieran indebidamente recursos a los que el contratista no tenía derecho.

La Procuraduría ratificó la calificación de la falta en que incurrió Grajales como gravísima a título de culpa gravísima, y la multa de Jiménez Cely, como representante legal de la firma, consistente en el doble del detrimento o perjuicio causado, equivalente a $ 1.012 millones y la imposibilidad de contratar con el Estado por 10 años.

*Con información de Procuraduría General de la Nación

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