“Nos preocupa que en vez de ser una solución nos pueda causar un problema”
El presidente de Undeco, Orlando Jiménez, asegura que la responsabilidad de enfrentar a los delincuentes es del Estado.
El presidente de la Unión Nacional de Comerciantes (Undeco), Orlando Jiménez, recibió con “prudencia” la decisión del Gobierno nacional de levantar la suspensión general de los permisos para el porte de armas en Colombia y advirtió que, para los pequeños comerciantes del Atlántico, la medida “podría representar más riesgos que beneficios”.
La decisión de levantar la suspensión de los permisos para el porte de armas de fuego se dio bajo el decreto 1368 del 8 de septiembre de 2026, luego de que el Presidente Abelardo De La Espriella indicara que “no hay derecho a que los bandidos estén armados hasta los dientes y la gente decente no pueda defenderse".
El dirigente gremial señaló que, aunque algunos empresarios y comerciantes han reclamado durante años la posibilidad de portar armas para protegerse de la delincuencia, la realidad de los micro y pequeños negocios es diferente, especialmente en medio del aumento de las extorsiones.
“Hay que tener mucha prudencia, mucho cuidado, porque quizás hay muchos comerciantes o empresarios industriales que hace rato están pidiendo que se les permita el porte de armas. En el caso nuestro de micro y pequeños comerciantes, tiendas, panaderías, restaurantes, farmacias, ferreterías y toda esta clase de pequeños negocios es bastante inquietante porque nosotros si bien es cierto, muchos están pidiendo que se les permite el porte, pero ¿cómo hace un comerciante pequeño para enfrentar la extorsión con un arma de fuego?”, cuestionó Jiménez, al explicar que las amenazas se llevan a cabo a través de llamadas telefónicas, mensajes de texto, WhatsApp, panfletos y ataques directos contra los establecimientos.

Jiménez recordó experiencias ocurridas durante las décadas de los 80 y 90, cuando algunos comerciantes armados se enfrentaban a delincuentes durante atracos y posteriormente eran víctimas de retaliaciones.
“En los años 80 y 90 cuando se permitía el porte de armas, muchos comerciantes no sufrían de extorsión pero habían atracos y si el comerciante era objeto de un atraco, se enfrentaba a los delincuentes, le daba de baja a uno o a dos o lo hería, posteriormente venía la retaliación. Mataban al comerciante o a sus dependientes, o el comerciante, como sospechaba que podía haber retaliación, se iba y dejaba a otra persona encargada del negocio y era a quien asesinaban”, manifestó en diálogo con Zona Cero.
Por esa razón, el dirigente gremial aseguró que desde Undeco no recomendarían a los pequeños comerciantes del Atlántico enfrentarse directamente con los delincuentes, pues considera que esa labor corresponde al Estado y a la Fuerza Pública.
“Yo no les aconsejo que se pongan a enfrentar delincuentes en la misma condición. Nosotros no estamos preparados mental ni psicológicamente para accionar armas de fuego. Los delincuentes sí están preparados. Nosotros somos gente trabajadora, gente que queremos sacar adelante nuestras familias, buscar mejor calidad de vida, dinamizar la economía, todo eso es la función nuestra. La función de perseguir delincuentes y de garantizarnos la vida, ahorros y bienes, es del Estado a través de las diferentes autoridades”, enfatizó.
Piden más inteligencia y presencia policial
Para el presidente de Undeco, la respuesta a la inseguridad y a la extorsión no debería concentrarse únicamente en permitir que los comerciantes porten armas, sino en lo que realmente necesita el comerciante: “que haya presencia de policía, que haya controles más que las armas legales”.
“Lo que necesitamos es que el comerciante tenga confianza para denunciar y para que las personas que capture el Gaula sean judicializados y sean puestos intramuralmente”, indicó.
Jiménez sostuvo que la extorsión lleva varios años afectando al comercio del Atlántico y ha dejado consecuencias como muertes, heridos, desplazamientos, cierre de negocios, daños económicos y afectaciones a la salud física y mental de las familias.
Puede ser una solución que termine causando más problemas
Frente a la decisión del Gobierno nacional, el presidente de Undeco pidió una evaluación profunda de los posibles efectos de la medida.
“Nos preocupa que en vez de ser una solución nos pueda causar un problema”, expresó.
El dirigente insistió en que permitir el porte de armas no garantiza que un comerciante pueda evitar una retaliación después de enfrentarse a un delincuente.
Finalmente, cuestionó la cantidad de armas ilegales que circulan en el departamento y señaló que, según sus referencias, anualmente se incautan alrededor de 1.500 armas de fuego en el Atlántico.
“¿De dónde sale tanta arma ilegal? ¿Quién las trae? ¿Quién las provee?”, preguntó, al considerar que las autoridades deben “profundizar las investigaciones para ver qué sucede con esa proveeduría de armas de fuego”.

Lineamientos, restricciones y condiciones para el porte de armas
Son varios los lineamientos, las restricciones y las condiciones establecidas para los ciudadanos que pretendan portar armas de fuego.
En el Artículo 1, el Gobierno señala que las autoridades militares, basadas en el artículo 32 del Decreto Ley 2535 de 1993, modificado por el artículo 10 de la Ley 1119 de 2006, adoptarán, a partir de la entrada en vigencia de la nueva normativa, las medidas necesarias para levantar la suspensión general de los permisos para el porte de armas de fuego en todo el territorio nacional.
"En consecuencia, deberá restablecerse la eficacia de los permisos individuales para el porte de armas de fuego que se encuentren vigentes y respecto de los cuales no exista suspensión individual, cancelación, revocatoria, vencimiento, prohibición legal o judicial, o cualquier otra circunstancia jurídica que impida su ejercicio", indica el Ministerio de Defensa.
Además, en el Artículo 2, se advierte que los titulares de permisos de porte de armas de fuego vigentes no requerirán tramitar autorización especial adicional.
Según el Ministerio, lo anterior no crea nuevos derechos, no autoriza el libre porte de armas de fuego, ni modifica los requisitos legales, condiciones, restricciones y controles previstos en el Decreto Ley 2535 de 1993 y demás normas aplicables.
La cartera de Defensa señala, en el Artículo 3, que impartirá a las autoridades militares de que trata el artículo 32 del Decreto Ley 2535 de 1993, en concordancia con el artículo 10 de la Ley 1119 de 2006, las directrices administrativas, técnicas y operativas necesarias para hacer efectivo el levantamiento de la suspensión general y restablecer la eficacia de los permisos vigentes para el porte de armas de fuego en todo el territorio nacional.
Dichas directrices deberán disponer las medidas necesarias para la actualización de los registros y sistemas de información utilizados para la expedición, control y verificación de los permisos, de manera que se distinga entre permisos vigentes y aquellos vencidos, suspendidos, cancelados, revocados o sujetos a cualquier otra restricción legal, judicial o administrativa.
Por otro lado, los titulares de permisos para el porte de armas de fuego que, a la fecha de entrada en vigencia del presente decreto, se encuentren vigentes y no estén sujetos a suspensión individual, cancelación, revocatoria, vencimiento, prohibición legal o judicial, podrán ejercer las facultades derivadas de dichos permisos.
El ejercicio del porte estará circunscrito al arma o armas específicamente amparadas por el respectivo permiso y a las condiciones establecidas en el mismo, advierte el Artículo 4.
El Decreto 1368 del 8 de septiembre de 2026, en su Artículo 5, señala que el porte de armas de fuego continuará sujeto a la existencia de un permiso vigente expedido por la autoridad militar competente, al arma específicamente amparada por dicho permiso y al cumplimiento de las condiciones, restricciones, obligaciones y demás requisitos establecidos en la Constitución Política, el Decreto Ley 2535 de 1993 y las demás disposiciones aplicables.
El Artículo 6 habla de los casos excluidos y que el levantamiento de la suspensión general no habilita el porte de armas respecto de las cuales:
a) El permiso se encuentre vencido.
b) El permiso haya sido suspendido individualmente.
c) El permiso haya sido cancelado o revocado.
d) El arma haya sido objeto de decomiso o de una medida judicial o administrativa que impida su porte.
e) Exista prohibición legal o judicial para su porte.
f) El permiso correspondiente autorice exclusivamente la tenencia y no el porte.
g) Se configure cualquier otra circunstancia prevista en la Constitución Política o la ley que impida legítimamente el porte.
Eso sí, en el Artículo 7, el Ministerio de Defensa indicó que el levantamiento de la suspensión general no afecta las competencias atribuidas por la Constitución Política y la ley a las autoridades militares para expedir, revalidar, suspender, cancelar o revocar permisos, ni las facultades de control, inspección, vigilancia, incautación y decomiso atribuidas a las autoridades de Policía y demás autoridades competentes.
Además, en el Artículo 8, se establece que el Departamento Control Comercio de Armas, Municiones y Explosivos y las demás autoridades militares competentes mantendrán los sistemas de registro, control, trazabilidad, verificación, auditoría y seguimiento de los permisos para tenencia y porte de armas de fuego, de conformidad con el Decreto Ley 2535 de 1993 y las demás normas aplicables.
"Para tal efecto, podrán adelantar las actuaciones administrativas necesarias para verificar la vigencia de los permisos, el cumplimiento de los requisitos legales, la identificación del arma amparada, los registros disponibles y las condiciones individuales que puedan dar lugar a suspensión, cancelación, revocatoria, incautación o decomiso, según corresponda", agregó.

El Presidente Abelardo De La Espriella había indicado que el 99.9% de los delitos cometidos con armas se registran "con armas que no tienen permiso, con armas ilegales".
Explicó que las cifras muestran dónde está la verdadera amenaza: "entre el 1.º de enero y el 3 de septiembre, nuestra Fuerza Pública incautó 15.700 armas de fuego. De ellas, 14.179 estaban relacionadas con la comisión de delitos".
Además, según el Presidente, 980 armas aparecen vinculadas a disidencias, 551 al 'Clan del Golfo' y 339 al ELN. Agregó que solo entre las asociadas a las disidencias de las FARC "encontramos 380 fusiles y 65 morteros calibre 60 milímetros".