Alfonso Ramiro Gómez Mendoza y Jennifer Paola Ortega Vega.
Alfonso Ramiro Gómez Mendoza y Jennifer Paola Ortega Vega.
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Niegan libertad provisional a presunto feminicida de Jennifer Ortega en Repelón

En audiencia de fallo sobre solicitud de libertad por vencimiento de términos.

El Juzgado Tercero Promiscuo municipal de Sabanalarga negó libertad provisional a Alfonso Ramiro Gómez Mendoza, presunto feminicida de Jennifer Paola Ortega Vega, de 33 años de edad, asesinada en hechos ocurridos en el municipio de Repelón, Atlántico, el pasado 15 de octubre de 2024. 

La decisión se tomó la tarde de este lunes 7 de julio, en medio de la audiencia de solicitud de libertad por vencimiento de términos a petición de la defensa del procesado.

El juez del caso precisó que se le negaba la libertad provisional al presunto feminicida, toda vez que habían transcurrido 146 días a favor del procesado, es decir, sin que avanzara el proceso en su contra dentro del tiempo legal. Sin embargo, en su contra solo habían transcurrido 63 días.

Señaló que la etapa procesal a la que se refiere la defensa ya precluyó, debido a que el juicio oral ya fue instalado el 24 de junio de 2025 y una vez se instala el juicio, ya no es aplicable el numeral quinto del artículo 317 del Código de Procedimiento Penal, que es el que regula la libertad por vencimiento de términos antes del juicio.

Dentro de los elementos materiales probatorios con que cuenta el despacho, se tiene que el 24 de junio de 2025 se instaló el juicio oral, que es la etapa por la que cobraba sentido el artículo 317 del Código de Procedimiento Penal, encontrándose con ello que, tal como refirieron las partes, la etapa legada por el solicitante precluyó con la celebración de dicha diligencia donde se instaló el juicio”, dijo el juez. 

Captura de audiencia de solicitud de solicitud de libertad por vencimiento de términos.

Explicó que “hasta el 3 de julio de 2025 se contaban en favor del procesado 146 días, ello no puede tenerse en cuenta en la fecha en que se está emitiendo esta decisión, puesto que en virtud del principio de preexclusividad el trámite contenido en el número del quinto alegado quedó atrás pudiendo aplicarse en esta etapa crucial del conocimiento sólo la contenida en el número sexto del artículo 317 del Código de Procedimiento Penal. Así las cosas el despacho no puede otorgar la libertad provisional en virtud de términos cuyas actuaciones en sede de conocimiento, se encuentran subsanados con la instalación del juicio oral, lo que deja ver la ocurrencia de un hecho superado que imposibilita a este operador judicial optar por acceder al pedido del solicitante”. 

Recordemos que Alfonso Ramiro Gómez Mendoza es investigado por la muerte de Jennifer Paola Ortega Vega, de 33 años, quien era su expareja sentimental. 

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La mujer fue encontrada sin vida por sus familiares, envuelta en una sábana, con signos de violencia en su cuello y debajo de una cama de su vivienda en el barrio El Porvenir.  

El presunto feminicida se dio a la huida y posteriormente fue capturado por unidades de la Sijín de la Policía, en el Hospital Julio Méndez Barreneche de Santa Marta, a donde había llegado por una quemadura en el pecho.