Legalizan captura a dos hombres señalados de extorsión a lavadero de autos en el barrio Modelo
La formulación de imputación de cargos quedó programada para el próximo 1o. de octubre.
La Juez 18 Penal Municipal con Control de Garantías de Barranquilla legalizó este sábado las capturas de Julio Enrique Cervantes Jiménez e Isaac David Ardila Escobar, capturados el día anterior en situación de flagrancia tras presuntamente recibir $ 500 mil pesos producto de una extorsión al dueño de un lavadero de autos, ubicado en el barrio Modelo de la capital del Atlántico.
Entre los elementos materiales probatorios entregados por la Fiscalía señala que la víctima denunció ante el Gaula de la Policía sobre los mensajes y llamadas del que estaba siendo víctima por parte de la banda ‘Los Costeños’ a nombre de alias ‘01’ y en la que exigían la suma de 5 millones de pesos para no atentar contra su vida o la de su familia.
Fue así como el Gaula de la Policía montó un operativo en el negocio de la víctima tras concretarse el encuentro.
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Al lugar, según los elementos materiales probatorios, llegaron los hoy capturados en una motocicleta y presuntamente Julio, quien iba de parrillero, se bajó de la misma e ingresó al lugar y le preguntó a la víctima si era el dueño del lugar, a lo que él le respondió que sí y por eso supuestamente Julio le dijo que venía por lo acordado.
En ese momento, según la Fiscalía, la víctima le entregó la suma de 500 mil pesos, distribuidos en cinco billetes de 100 mil.
En ese instante, aparecieron los miembros del Gaula y capturaron a Julio en flagrancia al igual que Isaac David que esperaba en la moto.
La juez argumentó que legalizaba la captura porque según el marco legal se ajusta este caso de captura en flagrancia y hay un informe policial que parte del principio de buena fe y bajo gravedad de juramento.
Ampliación de la entrevista a la víctima
La defensa de los capturados argumentó en la audiencia que Julio Enrique trabaja en un consorcio que presta servicio a una empresa de servicio público y que la misma tiene un contrato de arrendamiento con el lavadero para parquear vehículos, uno de ellos conducido por Julio.
Insinúo la defensa que aquí podría haber una especie de ‘falso positivo’ por parte del Gaula en conjunto con la víctima, tal como lo aseguró el Procurador en la audiencia señalando lo que decía el abogado de los capturados, pero enfatizó que no era la audiencia ni el escenario para debatirlo sino más adelante como la audiencia de solicitud de medida de aseguramiento.
De esta manera, la juez consideró prudente poder ampliar la entrevista de la víctima en audiencia y dio un un tiempo prudente de unas 3 horas para que se contactara al dueño del lavadero y se conectara a la vista pública virtual.
En la misma, la juez le preguntó a la víctima si él conocía a Julio Enrique, a lo que él respondió que no.
También le preguntó si su negocio tenía algún tipo de contrato de arrendamiento con la empresa con la que labora Julio, a lo que contestó que sí tiene un contrato pero con otra organización empresarial diferente.
La juez consideró que la legalización de captura estaba dada bajo el marco legal y consideraba que sí debía impartir legalidad a la misma, que era el objetivo principal de la audiencia.
Con referencia al argumento de la defensa precisó que “todo esto será objeto de debate en el juicio, en caso que lo haya, lograr su teoría del caso, pero a este momento de las capturas están dadas las circunstancias de flagrancia”.
Declarada legal las capturas, la juez programó la audiencia de formulación de imputación para el próximo 1 de octubre a las 11 de la mañana.