JEP imputó a seis del secretariado de las FARC por delitos contra menores
Por reclutamiento de menores, crímenes de guerra contra niños, tortura, homicidio y violencias sexuales.
La Jurisdicción Especial para la Paz imputó como máximos responsables a seis exintegrantes del secretariado de las FARC-EP, por el reclutamiento y la utilización de niños y niñas, así como por otros crímenes de guerra cometidos en su contra en el contexto de la vida infantil, incluidos malos tratos, tortura, homicidio y violencias sexuales, reproductivas y por prejuicio.
Se trata de Rodrigo Londoño Echeverry, alias 'Timochenko', Jaime Alberto Parra Rodríguez, Milton de Jesús Toncel Redondo, Pablo Catatumbo Torres, Pastor Lisandro Alape y Julián Gallo Cubillo.
El alto tribunal indicó que, entre 1971 y 2016, las extintas FARC-EP reclutaron a 18.677 niños y niñas. Estos hechos ocurrieron con mayor frecuencia entre 1996 y 2016, marco en el cual la sala concentró su investigación.
La Sala de Reconocimiento determinó que cada uno de estos comparecientes, con sus acciones y omisiones durante su vida activa en la guerrilla, son responsables de cinco patrones macrocriminales determinados.
El Caso 07, que investiga el reclutamiento y utilización de niñas y niños en el conflicto armado, identificó cinco patrones macrocriminales por los que determinó el grado de responsabilidad de los comparecientes de las FARC – EP:
1. Reclutamiento y utilización de niños y niñas, incluidas personas menores de 15 años.
Por este patrón, la Sala llamó a reconocer responsabilidad a los comparecientes como coautores mediatos por el crimen de guerra de reclutar o alistar niños y niñas o utilizarlos para participar activamente en las hostilidades.
2. Malos tratos, torturas y homicidios en contra de niños y niñas reclutados en el marco de su vida intrafilas.
Por este patrón, la sala llamó a reconocer responsabilidad a los comparecientes como coautores mediatos de los crímenes de guerra de tratos crueles, tortura, condenas dictadas y ejecuciones sin previo juicio ante un tribunal regularmente constituido, con todas las garantías indispensables.
3. Violencias reproductivas que afectaron a niñas reclutadas.
Por este patrón, la sala llamó a reconocer responsabilidad a los comparecientes como coautores mediatos de los crímenes de guerra, de tortura, ultrajes contra la dignidad personal y homicidio.
4. Violencias sexuales en contra de niños y niñas reclutadas.
Por este patrón, la sala llamó a reconocer responsabilidad a los comparecientes como autores por mando, por los crímenes de guerra de tortura, violación, esclavitud sexual y el crimen de cualquier otra forma de violencia sexual que constituya también una violación grave del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra.
5. Violencias basadas en el prejuicio en contra de niños y niñas reclutadas con orientación sexual o identidad o expresión de género diversas.
Por este, patrón la sala llama a reconocer responsabilidad a los comparecientes como coautores mediatos por los crímenes de guerra de tortura, de violación, de esclavitud sexual y el crimen de guerra de cualquier otra forma de violencia sexual que constituya también una violación grave del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra.
El presidente de la JEP, magistrado Alejandro Ramelli Arteaga, aseguró que "este fallo riguroso, fue construido a lo largo de seis años y fue respetuoso siempre de la dignidad y la intimidad de las víctimas".
Dijo, además, que "está soportado sobre información contrastada, y que aplica las perspectivas de género y étnica".
"La JEP anonimizó 906 horas de grabación con las voces, testimonios e imágenes de 951 víctimas acreditadas, entre ellas, sobrevivientes de todos los bloques de las antiguas FARC - EP. Principalmente, del Bloque Oriental, así como familiares de niñas y niños desaparecidos en la guerra", informó el presidente de la JEP.