Los asesinados fueron Ángel María Torres Arroyo, Luis Napoleón Torres Crespo y Antonio Hugues Chaparro.
Los asesinados fueron Ángel María Torres Arroyo, Luis Napoleón Torres Crespo y Antonio Hugues Chaparro.
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JEP cita a capitán y teniente del Ejército por tortura y masacre de tres Mamos Arhuacos

El homicidio tuvo lugar en 1990.

La Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP llamó al capitán (r), Pedro Antonio Fernández Ocampo, y el teniente coronel (r), Luis Fernando Duque Izquierdo, a aportar verdad por la tortura, desaparición y homicidio de tres Mamos (líderes espirituales) del Pueblo Arhuaco.

También por la detención ilegal y tortura de indígenas de la misma comunidad, en el marco de la investigación por crímenes no amnistiables cometidos contra Pueblos y Territorios Étnicos en el marco del conflicto armado. 

En la audiencia, frente a las víctimas del Pueblo Indígena Arhuaco, la magistrada Caterina Heyck ahondará en lo sucedido a los Mamos Ángel María Torres Arroyo, Luis Napoleón Torres Crespo y Antonio Hugues Chaparro (quienes fueron detenidos por hombres armados en Curumaní, Cesar, luego torturados y finalmente asesinados) y a los hermanos indígenas José Vicente y Amado Villafañe Chaparro (detenidos y torturados en el Batallón ‘La Popa’), a finales de noviembre y comienzos de diciembre de 1990. 

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La Justicia Penal Ordinaria abrió investigación por estos hechos, pero no pudo avanzar debido a que el proceso fue asignado a la Justicia Penal Militar, la que, a su turno, en el año 1993, declaró que los dos militares no eran responsables. 

Por la impunidad del caso y por solicitud de las víctimas, en 1997, el Comité de Derechos Humanos de la ONU concluyó que el Estado colombiano había violado el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y ordenó adelantar una investigación seria y reabrir los procesos contra los militares. 

En 2019 la Corte Suprema ordenó a la Fiscalía reabrir la investigación.

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La Comisión de la Verdad incluyó estos hechos en su informe final, el cual, junto con los informes presentados por organizaciones de víctimas, la resolución de destitución proferida frente a Duque Izquierdo y Fernández Ocampo por la Procuraduría en 1992 y el expediente de la Fiscalía, además de las pruebas decretadas por el despacho, serán contrastadas con la versión que entreguen los comparecientes a efecto de avanzar en la decisión del caso.

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