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Universidad Distrital Francisco José de Caldas.
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Inhabilitan por 17 años a exdocente que acosó sexualmente a sus estudiantes

El sancionado asedió a sus víctimas física y verbalmente, en contra de su voluntad.

En fallo de primera instancia, la Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 17 años al exdocente del Programa Curricular de Matemáticas de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, Carlos Antonio Julio Arrieta, por acosar, perseguir y hostigar con fines sexuales no consentidos a tres estudiantes entre 2016 y 2019.

La Procuraduría Delegada de Juzgamiento 3 comprobó que el exfuncionario de la Facultad de Ciencias y Educación asedió a sus víctimas física y verbalmente, en contra de su voluntad, mediante contactos físicos e invitaciones que no eran propias en una relación docente-estudiante.

Asimismo, reprochó al disciplinado su patrón de conducta obsesivo con las mujeres, a quienes valiéndose de su superioridad y poder como profesor, asediaba a través de medios electrónicos para comunicarles sus pretensiones con las que buscaba obligarlas a realizar trabajos con él, para estar cerca de ellas ofreciéndoles ayuda a cambio de salidas.

Dada su formación académica y su trayectoria en la institución universitaria por más de 20 años, a Julio Arrieta le era exigible “el conocimiento de los actos prohibidos por la Constitución colombiana tratándose de todas las formas de violencias contra las mujeres, específicamente las relacionadas con la conducta de acoso sexual”, agregó el Ministerio Público.

Y sentenció que “el caso debe encender las alarmas a fin de prevenir todas las violencias contra las mujeres y las niñas en Colombia no solo en los entornos universitarios sino a nivel de formación escolarizada Básica y Básica Secundaria, a fin de evitar en adelante la normalización del acoso sexual en estos escenarios”.

El ente de control calificó la falta del disciplinado como gravísima a título de dolo y afirmó que contra esta decisión procede el recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento.

*Con información de Procuraduría General de la Nación

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