Supersalud retoma intervención forzosa de Manexka EPSI para su liquidación
La Superintendencia identificó el desvío de recursos destinados para la atención en salud por más de $30 mil millones.
La Superintendencia Nacional de Salud, mediante la Resolución 0052 del 8 de enero de 2019, ordenó continuar con el proceso de intervención forzosa administrativa para liquidar la Asociación de Cabildos Indígena Zenú de San Andrés de Sotavento Córdoba y Sucre, Manexka EPSI (Entidad Promotora de Salud Indígena), en cumplimiento de la Sentencia T103 proferida por la Corte Constitucional el 14 de junio de 2017.
La Supersalud había ordenado la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar la EPSI Manexka, mediante la Resolución 527 del 27 de marzo de 2017,tras identificar una defraudación al sistema de salud en donde se desviaron recursos que fueron utilizados con fines distintos a la prestación del servicio de salud, amparándose en la protección especial indígena, hecho que puso en riesgo a los más de 200.000 afiliados, quienes también fueron trasladados por la Supersalud a 5 EPS que operan en la región como parte del proceso de continuidad en la garantía del aseguramiento.
Entre los hallazgos que dieron origen en su momento a la decisión, se encontraban:
- Venta de inmuebles de propiedad de Manexka a la IPS del mismo nombre por $600 millones, sin que el valor de dicha transacción se evidenciara en los registros contables. A estos inmuebles se les realizaron mejoras por valor de $240 millones existiendo únicamente una promesa de compraventa entre las dos entidades.
- Manexka no entregó información sobre el origen de financiamiento para la adquisición de la sede ubicada en el municipio de San Andrés de Sotavento y que de acuerdo con los libros contables asciende a $2.900 millones. Esta operación se configura como una apropiación indebida de recursos de la salud, pues aparentemente este dinero salió de los recursos que el Gobierno Nacional asigna por cada afiliado.
- Contabilización de ingresos extraordinarios ficticios para dar cumplimiento a la norma de habilitación financiera del orden de los $13.800 millones.
- Pago de honorarios a miembros de la junta directiva sin autorización por $304 millones.
- Gastos de nómina registrados y pagados como costos en salud.
- Se rastrearon cuentas bancarias activas e inactivas que nunca fueron reportadas en los estados financieros.
- Se identificó una celebración indebida de contratos con la IPS Samisalud S.A.S. encargada del suministro de medicamentos, la cual fue creada el 24 de enero de 2013, sin embargo, el contrato había iniciado desde el 1 de enero del mismo año. Las facturas presentadas por esta IPS nunca fueron auditadas, es decir, se pagaban sin verificar si efectivamente se había prestado el servicio o no.
- Se identificaron autorizaciones para la realización de procedimientos estéticos sin que existan evidencias de pago en los registros contables.
- Se emitieron autorizaciones de servicios de salud a 513 fallecidos por un valor de $733 millones.
Teniendo en cuenta estos hallazgos se sustentó la decisión de la Supersalud, en donde se pudo evidenciar la crítica situación y el peligro que representaba para afiliados a esta EPS indígena, adicionalmente la Entidad puso en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación y la Contraloría General de República en mayo de 2017, las presuntas irregularidades para que se adelantaran las acciones penales y fiscales que correspondan y determinar los responsables de los hechos denunciados que a la fecha tienen como resultado una serie de capturas de ex funcionarios de Manexka.
Sin embargo, las acciones de la Supersalud fueron revocadas mediante un fallo de tutela del Juez Cuarto Administrativo Mixto del Circuito de Montería y confirmado por el Tribunal Administrativo de Córdoba y en cumplimiento la Supersalud suspendió el proceso liquidatorio de Manexka y el 20 de noviembre del mismo año, procedió a dar inicio con el proceso de entrega de los bienes, haberes y negocios a los representantes de la EPSI.
En septiembre de 2017, la Corte Constitucional seleccionó para revisión el expediente de tutela, mediante el criterio de selección “lucha contra la corrupción”, a solicitud expresa de la Entidad y el 25 de julio de 2018 la Corte Constitucional, a través de la Sentencia T-103, resolvió que el proceso de liquidación ordenado por la Supersalud sobre la EPS Indígena Manexka era legítimo constitucionalmente.
En razón a esto, la Superintendencia Nacional de Salud, desde este 10 de enero retomó el proceso de liquidación y a través de una diligencia, realizada por un equipo interdisciplinario de la Entidad, en la sede principal de la EPS, notificó la continuidad del proceso de liquidación y la toma de posesión de los bienes y haberes.
Sobre la población que se encontraba afiliada a esta EPS y que es atendida desde el 1 de abril de 2017 por 5 EPS receptoras, la Corte Constitucional indicó que la reasignación de los usuarios a una o varias EPS, deberá ser objeto de una consulta previa que deberá adelantarse con la participación, tanto de la comunidad indígena Zenú como de los representantes de la Supersalud, Defensoría del Pueblo, Procuraduría General de la Nación y el Ministerio del Interior desde su Dirección de Consulta Previa.