Segunda Brigada hace efectivo levantamiento de la suspensión del porte de armas de fuego
Luego de que el Presidente Abelardo De La Espriella firmara el decreto.
La Segunda Brigada del Ejército hizo efectivo el levantamiento de la suspensión del porte de armas de fuego en su jurisdicción, luego de que el día anterior el Presidente de la República, Abelardo De La Espriella, firmara el decreto que da vía libre a la tenencia de armas de fuego de manera legal.
“Se restablece la eficacia de los permisos individuales para el porte de arma de fuego que se encuentren legalmente vigentes y respecto de los cuales no exista suspensión individual, cancelación, revocatoria, vencimiento, prohibición legal o judicial, o cualquier otra circunstancia jurídica que impida su ejercicio”, precisa el primer ítems de la resolución.
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Insistió la Segunda Brigada en que el levantamiento de la suspensión general no habilita el porte de arma respecto a de las cuales “el permiso se encuentra vencido, haya sido suspendido de manera individual, cancelado o revocado y el arma haya sido objeto de decomiso o de una medida judicial o administrativa que impida su porte”.
Así mismo el levantamiento de la medida no modifica las competencias legales atribuidas a las autoridades militares y de Policía en materia de control sobre las armas de fuego y sus respectivos permisos.
Ante ello las autoridades podrán verificar en cualquier momento la vigencia y validez del permiso de porte, su correspondencia con el arma que se encuentre amparada, así como la existencia de suspensiones individuales, cancelaciones, revocatorias, prohibiciones o cualquier otra circunstancia de orden legal, judicial o administrativo que restrinja o impida su ejercicio.
La Segunda Brigada tiene responsabilidad en los departamentos de Atlántico, Magdalena y Sur de Bolívar, hizo efectiva la medida a través de la resolución 0610 del 9 de septiembre de 2026.