Registraduría designó a más de 850 mil jurados de votación para elecciones presidenciales
708.259 son principales y 142.612 son remanentes.
La Registraduría Nacional del Estado Civil designó 850.871 jurados de votación para las elecciones presidenciales del próximo 31 de mayo, de los cuales 708.259 son principales y 142.612 son remanentes.
"La selección se realizó mediante sorteos que se llevaron a cabo entre el 4 y el 6 de mayo en la plataforma dispuesta por la Registraduría. De los jurados de votación designados, 342.315 corresponden a empleados de empresas privadas, 223.942 a estudiantes, 125.381 a docentes, 123.536 a funcionarios públicos y 35.697 a simpatizantes de las organizaciones políticas", informó la Registraduría.
Lea también: Petro afirmó que no le consultaron la lista para la suspensión de órdenes de captura al 'Clan del Golfo'
Según la Registraduría, las entidades públicas, empresas privadas, instituciones educativas y agrupaciones políticas postularon un total de 2.372.773 ciudadanos. Los sorteos contaron con el acompañamiento de representantes de los entes de control, las organizaciones políticas, la Fuerza Pública, las autoridades locales, entre otras entidades.
En el caso del Atlántico, fueron designados 37.140 jurados principales y 10.292 remanentes.
Los ciudadanos pueden consultar si fueron designados como jurados de votación en la aplicación ‘aVotar’, la cual se puede descargar de manera gratuita en Google Play y App Store, y en la página web de la Registraduría Nacional, www.registraduria.gov.co, haciendo clic en el botón ‘Consulta jurado de votación’.
Además, allí se informará el lugar, la fecha y la hora de la capacitación.
Las capacitaciones a los jurados de votación iniciaron ayer, 11 de mayo, en Bogotá y otras ciudades del país, en los horarios de 8:00 a 10:00 a. m., 10:00 a. m. a 12:00 m., 2:00 a 4:00 p. m. y 4:00 a 6:00 p. m.
"Es importante reiterar que prestar el servicio de jurado de votación es de carácter obligatorio y que quienes sin justa causa no asistan a desempeñar sus funciones o las abandonen podrán ser destituidos del cargo que desempeñan, en caso de ser servidores públicos, y quienes no lo sean deberán pagar una multa de hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes", recordó la Registraduría.
Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado, el cual podrá hacerse efectivo dentro de los 45 días hábiles siguientes a la votación.