Ministro del Interior, Rodrigo Lara.
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MinInterior anunció creación de "estatuto antiterrorista" para combatir a grupos armados

Señaló que la iniciativa busca fortalecer las capacidades de inteligencia para prevenir atentados, facilitar la recolección de información y crear "órganos especiales" de justicia.

El Gobierno anunció que prepara un estatuto que establecerá una lista de organizaciones catalogadas como "terroristas" y contemplará medidas especiales en materia penal, penitenciaria y de combate a sus rentas ilícitas, según el ministro del Interior, Rodrigo Lara.

"Es un estatuto completo, preciso y enfocado en las organizaciones que sean declaradas como tal en las listas que vamos a crear", dijo Lara en el Congreso, según recogieron este jueves medios colombianos, al explicar la estrategia del Gobierno del presidente Abelardo De La Espriella para enfrentar a los grupos armados.

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El ministro señaló que la iniciativa también contempla fortalecer las capacidades de inteligencia del Estado para prevenir atentados, facilitar la recolección de información de inteligencia y crear "órganos especiales" en la Justicia destinados a enfrentar a esas organizaciones.

"Va a haber fortalecimiento de la inteligencia por parte de una decisión del Presidente de la República", agregó Lara, quien no dio detalles sobre el contenido del proyecto ni sobre los grupos que serían incluidos en la eventual lista.

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Una fuente del Ministerio del Interior confirmó este jueves a EFE que el proyecto todavía "está en elaboración" y que, una vez exista un texto definitivo, será socializado en detalle. Señaló además que por ahora "no hay una fecha definida" para la radicación del texto en el Congreso.

Antecedente en Colombia

La expresión "estatuto antiterrorista" tiene un antecedente en Colombia, porque en 2003, durante el primer Gobierno de Álvaro Uribe (2002-2006), el Congreso aprobó el Acto Legislativo 02 de 2003, que modificaba cuatro artículos de la Constitución para ampliar las facultades del Estado en la lucha contra el terrorismo.

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Entre otras medidas, aquella reforma contemplaba que determinadas autoridades pudieran realizar interceptaciones de comunicaciones, detenciones y registros domiciliarios sin orden judicial previa, aunque con controles posteriores de la Procuraduría (Ministerio Público) y de los jueces.

La Corte Constitucional declaró inexequible (contraria a la Constitución) dicha norma, pero lo hizo por un vicio en su trámite legislativo al determinar que durante una votación en la Cámara de Representantes se habían suprimido indebidamente los efectos de una votación que no había alcanzado la mayoría absoluta requerida.

La Corte, por ese motivo, no llegó a resolver de fondo varios de los cuestionamientos sobre la compatibilidad de la reforma con principios esenciales de la Constitución.

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¿Qué puede cambiar?

El alcance concreto del nuevo estatuto dependerá del texto que el Gobierno presente al Congreso, aunque Lara ya anticipó que el Ejecutivo pretende establecer un régimen especial dirigido a las organizaciones que sean incluidas en una lista oficial.

Dicho régimen, adelantó, contempla medidas más severas en materia penitenciaria y penal, mecanismos para combatir las rentas ilícitas de los grupos armados ilegales, mayores capacidades de inteligencia y órganos judiciales especializados.

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En ese sentido, la eventual novedad no necesariamente estaría en crear por primera vez herramientas contra el terrorismo —Colombia ya cuenta con delitos, penas y mecanismos de persecución de sus fuentes de financiación— sino en articular esas herramientas bajo un régimen específico para las organizaciones que el Gobierno catalogue como terroristas.

EFE

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