Juzgado suspende efectos de resolución que declaró nulidad de rector de UniAtlántico
Además declaró improcedente la tutela de Álvaro González, Wilson Camboya y Danlio Hernández, contra Consejo Superior.
El Juzgado Tercero Administrativo Oral de Barranquilla declaró improcedente la tutela que buscaba la nulidad del nombramiento del rector de la Universidad del Atlántico, Leyton Barrios, y dejó en firme la designación del Consejo Superior.
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En el segundo punto del fallo, el juzgado expresó que "ordénese, como medida transitoria, la suspensión inmediata de los efectos jurídicos de la Resolución 002 del 7 de noviembre de 2025, expedida por el Comité Electoral de la Universidad del Atlántico mediante el cual declaró la nulidad de la elección del rector".
Destacó el juez que el Comité expidió dicha resolución sin el quórum estatutario y cuando dicho Comité había cesado en sus funciones por haber concluido el proceso de elección, es decir, sin competencia, cuando ya existía un acto administrativo de elección del rector expedido por el Consejo Superior Universitario.
"El Comité Electoral, no es el órgano competente para anular un acto de elección ya expedido por el Consejo Superior, porque su competencia suele limitarse a etapas previas del proceso electoral: verificación de requisitos, escrutinio, remisión de resultados", explicó.
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Recalcó que dicho comité pierde competencia para decidir después de que el Consejo Superior tome una decisión.
El juzgado afirmó que la tutela no es el mecanismo ordinario para cuestionar un acto administrativo y por eso el comité "carece absolutamente de competencia material para modificar, revisar o dejar sin efectos la decisión de elección adoptada por el Consejo Superior Universitario".
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