Impugnan elecciones de junta directiva de Undeco en Barranquilla
Piden nuevos procesos para corregir las irregularidades.
Argumentando inhabilidad por parte de uno de sus miembros y en la escogencia como presidente de otro de ellos, fueron impugnadas las elecciones de junta directiva de la Unión Nacional de Comerciantes -Undeco- realizadas el pasado 13 de marzo en Barranquilla para el período 2018 - 2022.
El apoderado de los impugnantes, Jaime Neira Neira, explicó que “luego de revisada la documentación de los diferentes candidatos, algunos afiliados o socios de Undeco pudieron constatar que el afiliado Jhon Ferreira Medina estaba inhabilitado para acceder al cargo de directivo, por no tener dos años de afiliado a la agremiación, tal como reza el artículo 32 de los Estatutos de la Asociación: Requisitos para ser miembro de la junta directiva, concretamente el numeral 3, que literalmente dice: “3.- Ejercer la calidad de asociado activo, durante los 24 meses anteriores”. Ferreira, según el acta de inscripción N° 1695 está inscrito desde el 2 de septiembre de 2016, es decir, que solo podría ser elegido miembro de la junta directiva después del 3 de septiembre de 2018, por lo tanto su elección es nula, carece de validez y debe ser revocada”.
De inmediato los afiliados hicieron el reclamo verbalmente, “pero al día de hoy no han sido oídos”.
Ya elegida la nueva junta directiva de Undeco, agregó, el pasado 20 de abril de 2018, fue convocada para elegir dignatarios “en las que intervino Jhon Ferreira Medina, -intervención que a la luz de los estatutos de la agremiación y el derecho-, carece de legitimidad para actuar y desde luego las decisiones tomadas por éste carecen de validez y deben ser anuladas”.
También en esa reunión de la nueva junta directiva, “y con la mayoría conformada con la intervención de Jhon Ferreira Medina”, se eligió a Orlando Jiménez Jiménez como vicepresidente, “cuando materialmente no podría remplazar al presidente como lo dicen los estatutos por haber ejercido ese cargo en dos periodos consecutivos”.
En este sentido, el abogado Jaime Neira Neira citó los artículos que se estarían violando: “Artículo 46. Funciones del vicepresidente, numeral “N° 1.- Asumir la presidencia en reemplazo del presidente, en los casos de faltas temporales o absolutas.” Artículo 31. Reelección: Los cargos de presidente, vicepresidente, segundo vicepresidente, secretario y tesorero, no podrán ser reelegidos para el mismo cargo por más de dos períodos consecutivos”. De acuerdo a lo anterior, la elección del Doctor Jiménez, resultaría a todas luces inane”.
Planteó que con estas irregularidades “lo más lógico sería que se convocaran a los afiliados o socios de Undeco a la elección de una nueva junta directiva, o por lo menos se repitieran éstas, para elegir el reemplazo de Jhon Ferreira Medina, quien se encuentra inhabilitado por estatutos”.
Además, “ya conformada una nueva junta en firme, se convoque nuevamente para la elección de dignatarios, para subsanar el caso del vicepresidente, que no puede ser ocupado por el saliente presidente, Orlando Jiménez Jiménez, -quien en honor a la verdad-, ha hecho una buena gestión gremial, pero está inhabilitado para ejercer materialmente el cargo de presidente en una eventual falta de éste”.