Entregan otras 250 libretas militares a víctimas del conflicto en el Atlántico
1.161 personas han resultado beneficiadas.
La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, el Ministerio de Defensa y la Dirección de Reclutamiento y Control de Reservas del Ejército Nacional, suscribieron en noviembre de 2015 un protocolo de intercambio de información y funcionamiento operativo de la medida de exención en la prestación del servicio militar, desincorporación y entrega de libretas militares a víctimas del conflicto armado en Colombia.
Este acuerdo, ha dado lugar para que más de 18.759 víctimas tengan su libreta en mano para realizar de manera más fácil cualquier trámite en el país y acceder a mejores oportunidades laborales. Este 23 de noviembre serán en el departamento del Atlántico 1.161 víctimas de desplazamiento forzado en total las beneficiadas con esta medida de exención al hacerse efectiva la entrega de otras 250 libretas militares.
La ceremonia que dará inicio a las 10:30 de la mañana desde el salón de Convenciones en el centro comercial Gran Boulevard, será presidida por Diana Morales, Directora de Gestión Interinstitucional de la Unidad para las víctimas y el Brigadier General, Luis Mauricio Ospina Gutiérrez - Comandante de la Segunda Brigada del Ejército Nacional. Así mismo, contará con la participación del Secretario del Interior del departamento, Guillermo Polo y el Secretario de Gestión Social del distrito, Gonzalo Baute.
Las víctimas que recibirán libreta residen en los proyectos de vivienda Gardenias, Villas de San Pablo y Villa Cordialidad, y en los municipios de Soledad, Sabanalarga, Sabanagrande, Repelón, Suán, Candelaria, Puerto Colombia, Baranoa, Campo de la Cruz, Juan de Acosta, Malambo y Manatí.
Las víctimas que aún no han accedido a esta oferta institucional de la campaña “Con libreta en Mano” de la Unidad para las víctimas, podrán hacerlo antes del 1o de diciembre teniendo en cuenta los siguientes requisitos y recomendaciones:
1) El ciudadano debe contar con un correo electrónico personal con su respectiva clave. Este paso es fundamental, debido a que allí se realizarán las notificaciones.
2) Realizar el registro y la inscripción a través de la página www.libretamilitar. mil.co o ante el Distrito Militar 44 de Barranquilla.
3) Para la inscripción el ciudadano deberá presentar la siguiente documentación: Fotocopia de la cédula ampliada al 150%. Fotocopia de la cédula de los padres. Fotocopia del registro civil de nacimiento. (Cada archivo debe estar en medio magnético y pesar máximo 1MB)
4) Adjuntar tres fotos (3 x 4) fondo azul en traje formal, una de estas en medio digital y no debe superar 1MB.
5) Adjuntar el diploma de grado, si lo tiene. Aportar los datos personales que la herramienta solicite.
6) Revisar el correo electrónico suministrado a la herramienta para conocer la fecha de citación en el Distrito Militar.
Las personas víctimas del conflicto no deben presentar certificación de su condición. La información debe ser verificada en el momento de la validación (debe estar en el Registro Único de Víctimas).
Las víctimas no deben presentar certificación emitida por Catastro o por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi. El ciudadano debe escoger la opción “Beneficiario Ley 1448 de Víctimas”, que aparece en www.libretamilitar.mil.co
En los campos en donde se solicite al ciudadano el documento de acreditación de su condición, se debe adjuntar fotocopia digital del documento de identidad, con el fin de validar el campo y continuar el proceso. De acuerdo con la Unidad para la Atención a las Víctimas, en algunas ocasiones la población víctima pasa por alto actualizar los datos en el Registro Único de Víctimas (RUV). Por ejemplo, cuando la persona ingresó al RUV tenía tarjeta de identidad y al ser mayor de edad no actualizó su documento con el número de la cédula, por lo tanto, hasta no actualizarla no podrá acceder a este beneficio.