MinMinas firmando la circular
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Comunicaciones MinMinas

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Emiten circular para que estaciones de servicio cumplan rebaja en el precio de la gasolina

Ordena la aplicación inmediata y obligatoria de la reducción de $500 por galón en la gasolina corriente.

El Ministerio de Minas y Energía expidió una circular de obligatorio cumplimiento dirigida a todos los distribuidores  minoristas de combustibles líquidos derivados del petróleo  (Estaciones  de  Servicio – EDS), en la cual ordena  la aplicación inmediata de la reducción de $500 por galón en el precio de la Gasolina Motor Corriente, de conformidad con los precios máximos oficiales vigentes a partir del 1o. de febrero de 2026. 

La circular establece que todas las estaciones de servicio del territorio nacional deberán reflejar de manera inmediata la reducción ordenada en sus  tableros visibles al público,  surtidores, sistemas de facturación electrónica, reportes al Sicom, material publicitario y canales digitales, sin  excepción.  

Ninguna estación podrá mantener precios anteriores, aplicar valores intermedios, realizar cobros diferidos ni  implementar esquemas que oculten, fraccionen o distorsionen la reducción dispuesta por el ministerio. 

Estación de Servicio

En el documento, la cartera de Minas y Energía recordó que los precios máximos de venta al público deberán ser respetados de manera estricta en  las  principales  ciudades del país, entre ellas Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Montería, Bucaramanga,  Villavicencio, Pereira, Manizales, Ibagué, Pasto y Cúcuta, de acuerdo con los valores oficiales definidos para cada ciudad, como se muestra en la siguiente gráfica.

Precios de la Gasolina

El ministerio informó que se activarán operativos nacionales inmediatos y permanentes de inspección,  vigilancia y control para verificar el cumplimiento de la medida. 

El incumplimiento total o parcial de la orden dará lugar al  bloqueo inmediato en el sistema SICOM, la compra, recepción y comercialización de combustibles, así como al inicio de procesos administrativos sancionatorios, que podrán incluir multas y la  suspensión o cancelación  de  la  autorización como distribuidor minorista. Adicionalmente,  los casos de incumplimiento serán remitidos a la Superintendencia de Industria y Comercio por presunta vulneración de los derechos de los consumidores, y se  dará traslado a las autoridades penales y disciplinarias  cuando se identifiquen conductas que puedan constituir  delito o falta grave.  

La  reincidencia será considerada circunstancia agravante y podrá dar lugar a la cancelación definitiva de la autorización. 

El Ministerio de Minas y Energía reiteró que la reducción en el precio de la gasolina es de cumplimiento obligatorio e inmediato, y que el Gobierno nacional adoptará todas las medidas necesarias para garantizar que el beneficio se refleje de manera efectiva y transparente en lo que pagan los ciudadanos en las estaciones de servicio del país.

 

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