DIAN habilita la consulta de información exógena del año gravable 2025
A partir de este martes, los contribuyentes pueden revisar los datos reportados por terceros como apoyo para cumplir con la obligación fiscal, cuyos vencimientos inician el próximo 12 de agosto.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) anunció que a partir de este martes 21 de julio los ciudadanos podrán consultar la información exógena reportada por terceros correspondiente al año gravable 2025. La medida pretende ser una herramienta de facilitación para que los contribuyentes presenten a tiempo su declaración de renta.
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Acorde con el calendario establecido por la entidad tributaria, las fechas de vencimiento para la presentación y pago de la declaración de renta de personas naturales darán inicio el próximo 12 de agosto hasta el 26 de octubre.
Dicho informe reúne los datos fiscales que diversos terceros - empleadores, entidades financieras, clientes, proveedores y notarías- han reportado a la DIAN en relación con las transacciones realizadas por los contribuyentes durante el año 2025. Siendo la información comprendida en el reporte; salarios y demás pagos laborales, retenciones en la fuente practicadas, saldos e intereses generados en cuentas bancarias, consumos realizados a través de tarjetas de crédito, compras de bienes, así como operaciones inmobiliarias y notariales.
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La DIAN informa que con el fin de acceder a este reporte facilitador, los ciudadanos deben seguir los siguientes pasos en la plataforma oficial de la autoridad tributaria:
- Estar inscrito en el Registro Único Tributario (RUT).
- Ingresar al portal institucional de la entidad: www.dian.gov.co.
- Acceder a través de la opción 'Portal Transaccional'.
- Iniciar sesión ingresando el usuario y la contraseña previamente registrados.
Asimismo, la DIAN enfatizó que este reporte es exclusivamente un instrumento de guía y apoyo para diligenciar el Formulario 210, así como para hacer uso del programa Ayuda Renta. En ese sentido, la entidad tributaria sostiene que la información exógena en ninguna circunstancia reemplaza la realidad económica del ciudadano. Por lo tanto, la responsabilidad legal y la obligación de declarar las cifras reales corresponden de forma única y exclusiva al contribuyente, quien debe respaldar cada uno de los valores declarados mediante documentos de soporte válidos.
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En caso que durante la revisión del reporte el contribuyente detecte diferencias o inconsistencias entre los datos suministrados por la DIAN y sus propios documentos de soporte, debe comunicarse directamente con la persona o entidad emisora del reporte (banco, empleador, empresa u otro tercero) para solicitar que efectúe la corrección ante la autoridad tributaria, debido a que esta última no realiza modificaciones directas a la información que ha sido reportada por terceros.
Una vez el tercero realice la actualización correspondiente, los cambios se verán reflejados en el sistema siete días después de efectuada la modificación.
Para conocer más detalles sobre el proceso, acceder a guías prácticas, verificar el calendario detallado de vencimientos y utilizar las demás herramientas de facilitación, la DIAN invitó a la ciudadanía a ingresar al micrositio especializado de Renta Personas Naturales mediante su portal web: https://cutt.ly/Ht7Jiw5L.
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