CREG da vía libre a inversiones eléctricas en la Costa y aumentos tarifarios graduales
El plan de obras está diseñado a cinco años.
La Comisión Reguladora de Energía y Gas -CREG- le dio vía libre al plan de inversiones para el mejoramiento eléctrico en la Región Caribe y, al mismo tiempo, dejó el campo expedito para que los prestadores procedan con aumentos tarifarios graduales, en la misma forma como se vayan efectuando las obras y que se reflejen en una adecuada prestación del servicio.
Así se desprende del contenido de la Resolución 024 “Por la cual se aprueban las variables necesarias para calcular los ingresos y cargos asociados con la actividad de distribución de energía eléctrica para el mercado de comercialización atendido por AIR-E S.A.S. E.S.P.”, firmada por el Ministro de Minas y presidente de la Comisión, Diego Mesa Puyo y el Director Ejecutivo, Jorge Alberto Valencia Marín.
En esencia, “en la medida gradual en que se vayan haciendo las inversiones en la red de distribución, conforme al plan aprobado y vaya mejorando el servicio, se van autorizando los aumentos tarifarios en el componente D (Distribución). No habrá incrementos desmedidos que impacten la tarifa”, según comentó a Zona Cero el experto en temas eléctricos, Carlos Diago Abello.
Destacó que lo positivo “es que con la expedición de la Resolución CREG se da vía libre a un necesario Plan de Inversiones en la Red de Distribución orientado hacia la mejora en la calidad de servicio, ampliación de cobertura y reducción de pérdidas para los próximos 5 años”.
La citada Resolución fue promulgada teniendo en cuenta que el Plan Nacional de Desarrollo, Ley 1955 de 2019, autorizó al Gobierno Nacional para que estableciera un régimen transitorio especial en materia tarifaria para las actividades de distribución y comercialización de energía eléctrica en el mercado que, en su fecha de expedición, atendía la Electrificadora del Caribe S.A. E.S.P.
Luego, mediante Decreto 1645 de 2019, se reglamentó el mencionado artículo y se delegó en la Comisión de Regulación de Energía y Gas la función de establecer el régimen transitorio especial en materia tarifaria “para asegurar la sostenibilidad de la prestación eficiente del servicio público domiciliario de energía eléctrica en la Región Caribe, conforme con los lineamientos allí dispuestos”.
Con fundamento en lo anterior, se expidió la Resolución CREG 010 de 2020, mediante la cual se estableció el régimen transitorio especial en materia tarifaria para la Región Caribe, al tiempo que el nuevo operador, Air-e S.A.S. E.S.P., solicitó la aprobación de los ingresos asociados al Sistema de Transmisión Regional y al Sistema de Distribución Local que opera.
En desarrollo de este proceso, la Unidad de Planeación Minero Energética -UPME- expresó inquietudes en relación con algunas obras incluidas en la Convocatoria UPME STR 02-2019: “Dado que el Operador de Red en su momento (Electricaribe) renunció a las obras en el marco de la Resolución CREG 024 de 2013 y sus modificaciones, se debe indicar que la ejecución de las referidas obras y todas las demás incluidas en el alcance de la convocatoria UPME STR 02-2019, no pueden estar a cargo del Operador de Red y deben ser ejecutadas por el Inversionista Adjudicatario de dicha convocatoria tal como es su responsabilidad según las disposiciones regulatorias de la CREG y los documentos de selección del inversionista”.
Ante ello, la nueva empresa Air-e respondió: “Teniendo en cuenta la situación planteada en oficio y con el ánimo de que la actuación administrativa continúe con su curso en condiciones normales, se excluirán las unidades constructivas de la subestación Unión, objeto de controversia de la solicitud de cargos”.
Inicialmente, la Comisión calculó un índice de pérdidas totales del 19,5% y del 23,3% en el nivel de tensión 1, de acuerdo con la información inicialmente presentada por Electricaribe.
No obstante, tras una rigurosa verificación y evaluación de los criterios de revisión de la información, las diferencias identificadas, la información utilizada, los inventarios aprobados, las memorias de cálculo y demás consideraciones empleadas para calcular los valores, variables, factores, indicadores e índices y aplicando la metodología definida en la Resolución CREG 015 de 2018, se calculó un índice de pérdidas totales de 27,2% y del 35.1% en el nivel de tensión 1.