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CRA inicia proceso sancionatorio contra empresa de aseo en Malambo

Por disposición inadecuada de residuos sólidos y quemas a cielo abierto.

La Corporación Autónoma Regional del Atlántico – C.R.A. ordenó el inicio de un procedimiento sancionatorio ambiental contra la empresa Servicios Ambientales Fénix S.A. E.S.P. y el municipio de Malambo, por hechos relacionados con la disposición inadecuada de residuos sólidos y la realización de quemas a cielo abierto en un sitio identificado sobre la vía conocida como “camino ancestral”, en inmediaciones de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) del municipio.

La decisión fue adoptada mediante el Auto 1080 de 2026, con el propósito de determinar las eventuales responsabilidades frente a los hechos evidenciados por la autoridad ambiental y establecer el alcance de las obligaciones que corresponden tanto a la empresa prestadora del servicio público de aseo Servicios Ambientales Fenix SA ESP en su calidad de operador, como del municipio, en su condición de garante de la prestación eficiente del servicio en su jurisdicción, cada uno en el marco de sus respectivas competencias.

De acuerdo con la C.R.A., durante la visita técnica realizada el 20 de mayo de 2026 se evidenció la persistencia de las condiciones identificadas en este punto, donde se encontró una acumulación aproximada de 100 metros cuadrados de residuos sólidos, con una altura cercana a 1,20 metros, además de residuos de diferentes características, evidencias de quemas antiguas y activas y un contenedor de aproximadamente 8 metros cúbicos operado por la empresa de aseo.

El Auto 1080 establece que estas condiciones han persistido durante un periodo superior a un año, pese a las actuaciones adelantadas previamente por la administración municipal y las autoridades competentes. Por ello, la C.R.A. determinó que existían elementos suficientes para iniciar directamente el procedimiento sancionatorio ambiental.

Medida para atender y erradicar el naciente botadero a cielo abierto

De manera complementaria, mediante el Auto 1079 de 2026, la C.R.A. requirió al municipio de Malambo y a Servicios Ambientales Fénix S.A. E.S.P. adoptar las medidas necesarias para la atención, recolección y erradicación de la acumulación de residuos sólidos identificada en el lugar.

El acto administrativo también requirió a la empresa prestadora cesar de inmediato la disposición inadecuada de residuos sólidos y la realización de quemas a cielo abierto, así como adelantar las acciones necesarias para evitar la continuidad de estas situaciones.

La Corporación realizará seguimiento al cumplimiento de estas actuaciones y, dentro del procedimiento sancionatorio, adelantará las diligencias administrativas necesarias para establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar de los hechos, individualizar las conductas y determinar las responsabilidades que eventualmente correspondan, garantizando los principios de tipicidad, culpabilidad, debido proceso e individualización de las responsabilidades.

Es importante precisar que el inicio del procedimiento sancionatorio no constituye una declaración definitiva de responsabilidad, sino el comienzo de una actuación administrativa destinada a establecer, con base en las pruebas que se recauden y valoren, las responsabilidades a que haya lugar.

Seguimiento a la prestación del servicio de aseo

La actuación de la C.R.A. se suma a las acciones de seguimiento adelantadas frente a la situación reportada en Malambo desde 2025. La Corporación también puso en conocimiento de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios la persistencia de las presuntas deficiencias en la continuidad y calidad del servicio de aseo, solicitando evaluar las actuaciones que correspondan dentro de sus competencias.

Con estas acciones, la C.R.A. mantiene su ejercicio de autoridad ambiental y seguimiento frente a situaciones que puedan generar afectaciones al ambiente y a la adecuada gestión de los residuos sólidos en el departamento del Atlántico.

Con Información de la CRA

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