Imagen de referencia.
Imagen de referencia.
Foto
Pexels

Share:

Corte unificó reglas para implementar la redención de pena por los días trabajados

El alto tribunal amparó los derechos fundamentales de una persona privada de la libertad.

La Corte Suprema de Justicia amparó los derechos fundamentales de una persona privada de la libertad y unificó las reglas para la aplicación de la fórmula contenida en el artículo 19 de la Reforma Laboral (Ley 2466 de 2025), la cual redime dos días de condena por cada tres de trabajo.

La Sala de Casación Penal tuteló los derechos al debido proceso y a la igualdad, los cuales habían sido vulnerados por decisiones de un juez de ejecución de penas y medidas de seguridad y del Tribunal Superior de Medellín.

Nuestras noticias en tu mano: únete a nuestro canal de WhatsApp y mantente informado de todo lo que sucede.

En la providencia, la Corte analizó las distintas controversias que se han suscitado desde el año pasado con la aplicación de la Reforma Laboral. Dicha norma estableció una nueva fórmula de redención de pena consistente en dos días de reclusión por tres de trabajo, mientras que el Código Penitenciario y Carcelario de 1993 contemplaba un día de pena por dos de trabajo.

La Sala tuvo en cuenta que, en la decisión STP21832-2025 del 11 de diciembre de 2025 (rad. 150958), se había determinado que la Ley 2466 de 2025 solo era aplicable a la redención de pena por trabajo. Posteriormente, en el fallo STP5152-2026 del 10 de marzo de 2026 (rad. 151438), y en aplicación del principio de favorabilidad, este beneficio se hizo extensivo a las demás actividades: estudio y enseñanza.

Por lo tanto, con el propósito de evitar una disparidad de interpretaciones que profundice la inseguridad jurídica, el alto tribunal recogió la postura asumida en 2025 y unificó el criterio: el artículo 19 de la Ley 2466 de 2025 aplica para todas las actividades —trabajo, estudio y enseñanza— bajo la fórmula de dos días de reclusión por cada tres de actividad.

Además, la corporación aclaró que se mantiene la intensidad horaria diferenciada que el propio Código Penitenciario estableció: ocho horas diarias para el trabajo, seis para el estudio y cuatro para la enseñanza.

Te puede interesar: Jorge Rodríguez aseguró que Alex Saab tenía "temas" con las agencias de EE.UU. desde 2019

“El fundamento para lo anterior es dual: (i) el principio de igualdad: no existe justificación constitucional para beneficiar el trabajo y mantener en desventaja al estudio y la enseñanza, cuando las tres actividades cumplen el mismo fin resocializador; y (ii) el principio de favorabilidad: si la fórmula más favorable es la del artículo 19, el restablecimiento de la igualdad impone equiparar todas las actividades a esa regla”, se lee en la decisión.

Finalmente, la Corte añadió que esta sentencia de unificación debe aplicarse incluso a quienes ya habían solicitado la redención y les fue negada. Por este motivo, la Sala exhortó a los jueces de ejecución de penas y medidas de seguridad del país a tener en cuenta el actual precedente al momento de examinar, de oficio o a petición de parte, la redosificación de la pena de las personas privadas de la libertad.

Corte Suprema unificó reglas para implementar la redención pena por los días trabajados by Zona Cero

Más sobre este tema: