Corte tumbó el impuesto solidario para los funcionarios que ganaran más de $10 millones
A quienes lo han pagado se les abonará como anticipo de impuesto a la renta 2020
La Corte Constitucional tumbó esta noche el denominado impuesto solidario, creado por Decreto presidencial y que aplicaba para empleados y contratistas que devengaran más de 10 millones de pesos mensuales.
Según la Corte, dicha imposición es abiertamente inconstitucional.
En efecto, la Sala Plena virtual que terminó a las 8:20 de la noche, con ponencia de las Magistradas Gloria Stella Ortiz Delgado y Cristina Pardo Schlesinger y una votación de 5 a 4, declaró inconstitucional el Decreto Legislativo 568 DE 2020 para la “creación del impuesto solidario por el Covid-19 con destinación específica a la clase media vulnerable y trabajadores informales, sobre salarios o contratos de prestación de servicios de 10 millones o más, a cargo de los servidores públicos y contratistas del Estado”.
Igualmente dispuso que “los dineros que se han pagado por los sujetos pasivo del tributo se entenderán como anticipo del impuesto de renta para la vigencia 2020, pagaderos en el 2021. Así ha de entenderse los efectos retroactivos de la decisión”.