Corte Constitucional abre la puerta para derecho a nueva instancia de juzgamiento
Al menos 250 casos de fallos podrían ser revisados.
"En sentencia de tutela, la Corte Constitucional reiteró la decisión adoptada en Sentencia C-792 de 2014, según la cual, en los casos en los que se profiere sentencia absolutoria en primera instancia y sentencia condenatoria en segunda instancia, el condenado podrá impugnar el fallo", indicó el martes el alto tribunal.
Asimismo, "la Corte exhortó al Congreso para que regule el procedimiento legal que garantice el derecho a la doble conformidad judicial de la primera sentencia penal condenatoria".
En rueda de prensa, la Presidenta de la Corte Constitucional, magistrada Gloria Ortiz, dijo que "esto está en aras de garantizar el principio de doble conformidad".
La magistrada que preside la Corte Constitucional indicó que "exhortan al Consejo Superior de la Judicatura y al Gobierno para que con la Corte Suprema de Justicia, en el marco de la colaboración armónica, dispongan de lo necesario para diagnóstico de todos los procesos que podrían estar amparados con esta garantía, así como que se establezcan los recursos presupuestales y administrativos que garanticen la impugnación de la primera sentencia condenatoria.
En consecuencia, existe la posibilidad que el Congreso legisle para que se reabran al menos 250 condenas proferidas por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia en contra de congresistas y aforados desde 1991.
La decisión fue adoptada por 8 magistrados en contra un magistrado que salvó el voto, el del magistrado Carlos Bernal que no estuvo de acuerdo en conceder la tutela por improcedente porque consideró que no se violó el derecho fundamental.