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Consejo de Estado suspendió decreto que derogó prima de casi $17 millones a congresistas

Mientras se resuelve de fondo el proceso.

El Consejo de Estado estudia una demanda de nulidad al decreto que derogó la prima especial para los congresistas que equivale a $16'914.540.

Para poder estudiar de fondo el proceso, el alto tribunal decidió este jueves suspender provisionalmente el mencionado decreto presidencial del gobierno de Gustavo Petro.  Es decir, que la prima especial se reactiva mientras se estudia el caso en su totalidad. 

Explicó el alto tribunal que el mencionado decreto “estableció que quienes se vincularan al servicio a partir del 20 de julio del 2026 ya no recibirían esta prestación. El decreto fue objeto de una demanda de nulidad, de la que actualmente conoce la alta corte”.

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En ese proceso se formuló una solicitud de suspensión provisional, ante la probable afectación de derechos adquiridos por servidores de la justicia, la Procuraduría, la Fiscalía y la Defensoría del Pueblo, entre otros que comparten este mismo régimen salarial y prestacional, instituido por la Ley 4ª de 1992.

“La sala estableció que la norma demandada impone una dualidad en el tratamiento jurídico que reciben dos tipos de funcionarios, pese a ocupar los mismos cargos y ejercer las mismas funciones: uno para quienes se vincularon al servicio antes del 20 de julio del 2026, que pueden seguir gozando del pago de la prima, y otro para los vinculados a partir de esa fecha, que ya no recibirán esa misma prestación económica”, explicó el Consejo de Estado.

 Esta diferencia, según el tribunal, desconoce las garantías que la Ley 270 de 1996 reconoce a todos los servidores de la Rama Judicial. 

“La ley establece que deben recibir una remuneración justa (artículo 157 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia) y acorde con las funciones que desempeñan, así como con la dignidad y la jerarquía de su cargo (artículo 152, numeral 7, de la misma ley). Además, esta situación va en contra del principio constitucional de que a igual trabajo, corresponde igual salario (artículos 13, 25 y 53 de la Constitución Política)”, concluyó el Consejo de Estado.

 

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