El presidente electo Abelardo De La Espriella.
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Consejo de Estado inadmitió acción de nulidad que buscaba suspender posesión de De La Espriella

La acción fue presentada por Luis Guillermo Pérez, quien hace parte del Pacto Histórico, y demandaba el acto administrativo del Consejo Nacional Electoral que otorgó la credencial de De La Espriella.

El Consejo de Estado inadmitió la acción de nulidad que buscaba suspender el acto de posesión de Abelardo De La Espriella.

La acción fue presentada por el exmagistrado del CNE, Luis Guillermo Pérez, quien hace parte del Pacto Histórico, y demandaba el acto administrativo del Consejo Nacional Electoral que otorgó la credencial a De La Espriella como Presidente de la República.

El argumento era la "construcción de una narrativa permanente de confrontación y deslegitimación del adversario político, la difusión de mensajes dirigidos a cuestionar la legitimidad de determinados sectores del electorado y la utilización reiterada de expresiones de estigmatización e intimidación dentro del debate público".

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Pérez instaba con su acción de nulidad que el Consejo de Estado estableciera si las actuaciones de la campaña de Abelardo De La Espriella constituían vulneración a la libertad del voto, al pluralismo político, la igualdad entre los candidatos y la autenticidad de la voluntad popular. 

Además, Pérez expuso una supuesta incompatibilidad constitucional de De La Espriella al ser naturalizado estadounidense.

El accionante buscaba con una medida cautelar suspender el acto de posesión del 7 de agosto, pero el Consejo de Estado inadmitió la demanda. 

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No obstante, Luis Guillermo Pérez tiene tres días para subsanar los requerimientos que hizo la corporación. 

A propósito, Pérez aseguró en X que si la demanda "sí cumple los requisitos formales de los artículos 162, 163, 164 y 166 del CPACA, identifica el acto acusado, formula cargos, expone hechos, desarrolla el concepto de violación, invoca normas violadas, aporta y solicita pruebas, y explica la incidencia jurídica de los hechos en la libertad del sufragio".

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