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Así quedaron distribuidos los usuarios de la liquidada EPS Ambuq 

Los afiliados puede conocer su asignación ingresando a https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Consulta-Afiliados.aspx.

El Ministerio de Salud y Protección Social ha publicado las EPS (Ver tabla 1.) que recibirán a los 763.016 afiliados tanto del régimen contribuido como del subsidiado de Ambuq EPS en liquidación, a partir de hoy 1 de mayo. 

“Son diez aseguradoras las que reciben a estos usuarios dando prioridad al derecho fundamental a la salud de los colombianos, garantizando la calidad, oportunidad, continuidad y atención en salud de los afiliados y sus familias”, expresó la viceministra de Protección Social, María Andrea Godoy Casadiego.

Esta asignación se da luego que la Superintendencia Nacional de Salud informara al Ministerio de Salud la notificación del fallo en sede de segunda instancia, mediante el cual el Tribunal Administrativo del Chocó, a través de Sentencia No. 043 del 28 de abril 2021, revocó la sentencia del 8 de marzo de 2021, proferida por Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó. 

Con esto se efectúo la actualización del proceso de asignación de los afiliados de Ambuq EPS en liquidación, consecuencia jurídica necesaria de la Resolución 1214 de 2021 emanada por la Superintendencia Nacional de Salud, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 1424 de 2019.

Garantía en la salud

Tras esta distribución, los usuarios de Ambuq EPS podrán conocer a qué EPS fueron asignados ingresando a https://www.minsalud.gov.co/Paginas/Consulta-Afiliados.aspx. En dicha consulta, podrán conocer la red de servicios de salud dispuesta por cada EPS receptora y actualizar sus datos de contacto. 

Se recomienda que, con el propósito de facilitar el acceso a los servicios de salud, el afiliado cotizante o cabeza de familia se contacte con la EPS asignada y efectúe la actualización de sus datos básicos y de su grupo familiar. 

Por ello Godoy Casadiego recordó que se viene trabajando con las EPS receptoras para que a través de su red de prestadores continúen los servicios y entrega de medicamentos que previamente han sido ordenados. “No serán necesarios trámites adicionales por parte de los afiliados en caso de órdenes realizadas a través de MIPRES o por autoridades administrativas o judiciales”, indicó. 

En otras precisiones, se resalta que, para este proceso de traslados el Ministerio de Salud y Protección Social ha ordenado a las EPS receptoras garantizar la atención a todos los pacientes, pero con especial énfasis a aquellos que tengan enfermedades de alto costo, madres gestantes, hospitalizados y aquellos que padezcan enfermedades crónicas. 

En el caso que los usuarios no estén satisfechos con la EPS a la que fueron asignados, podrán cambiar -si así lo deciden- a partir del primero de agosto de 2021. 

Por último, se hace el llamado a las Secretarías de Salud en los respectivos territorios, y la Superintendencia Nacional de Salud que vigilen que las EPS receptoras garanticen la continuidad en la prestación de los servicios a los usuarios asignados y que los prestadores de servicios de salud no generen barreras de acceso para la atención. 

Con el fin de atender las dudas e inquietudes que se presenten, la Superintendencia Nacional de Salud tiene habilitada la línea gratuita nacional 01 8000 513 700, disponible las 24 horas del día. Adicionalmente, se dispone en horarios de oficina:

- Chat virtual en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud www.supersalud.gov.co

- Líneas telefónicas 3305043 (Bogotá) o 018000960020 (resto del país) del Ministerio de Salud y Protección Social.

*Con información del Ministerio de Salud

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