Ampliación de emergencia sanitaria “no alterará orden de vacunación”
Entes territoriales no podrán modificar el Plan Nacional de Vacunación.
El Gobierno Nacional dio a conocer esta noche el decreto de orden público a través del cual se imparten medidas que deben cumplirse por la pandemia del Covid-19.
El nuevo decreto ordena a los entes territoriales el estricto cumplimiento del Plan Nacional de Vacunación.
Se les prohibe modificar las fases establecidas y se mantienen las restricciones de los eventos públicos “que impliquen aglomeraciones”.
Los eventos masivos o de “alto contacto” tampoco se podrán desarrollar durante el periodo de la nueva prórroga de la emergencia sanitaria.
Discotecas y lugares de bailes son otros de los lugares que continúan restringidos y “no se podrá consumir bebidas embriagantes en el espacio público y en establecimientos de comercio”.
Sin embargo, “se autoriza el consumo de bebidas embriagantes en restaurantes”. Igualmente se podrán comercializar en plataformas digitales y en domicilios.
Durante el nuevo periodo, los alcaldes podrán solicitar permiso al Ministerio del Interior para “bares, gastrobares, eventos, ferias empresariales o ganaderas, conforme al desescalamiento progresivo de la pandemia”.