Solo si recibieron la factura o comunicación antes de la declaratoria de inexequibilidad.
Solo si recibieron la factura o comunicación antes de la declaratoria de inexequibilidad.
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Alcaldía mantendrá beneficio del "80%" a contribuyentes que les haya enviado factura

Antes de la declaratoria de inexequibilidad. Pero no se aplicarán los otros beneficios.

La Alcaldía de Barranquilla informó este jueves que mantendrá el beneficio del 80% a todos aquellos contribuyentes a los cuales el Distrito les haya enviado factura o comunicación antes de la declaratoria de inexequibilidad del artículo 7 del Decreto 678 de 2020 sobre la recuperación de cartera.

En un comunicado de prensa difundido por la administración del alcalde Jaime Pumarejo, se lee que les mantendrá la aplicación del primer beneficio “hasta el 31 de octubre de 2020 se pagará el 80% del capital sin intereses ni sanciones”.

Pero no se aplicarán los otros beneficios que trae la norma: “entre el 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre y entre el 1 de enero de 2021 y hasta el 31 de mayo de 2021”, por efectos del retiro del artículo 7 del mencionado decreto del ordenamiento jurídico, "no se aplicarán".

Mencionaron que realizaron amplia divulgación y promoción de los beneficios tributarios otorgados por el decreto, tanto en medios de comunicación y canales propios de la Alcaldía y  también acciones presenciales y personalizadas, como el envío de comunicaciones escritas y la entrega puerta a puerta de facturas en los domicilios de los contribuyentes morosos, informándoles en detalle el valor total de la deuda, el monto del descuento y el valor final a pagar.

 

 

 

 

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